((**Es9.94**)
Iglesia, conservar la unidad de espíritu y de
disciplina y así promover siempre más el mayor
bien al cual tiende.
Acqui, 28 de febrero de 1868.
CAVALLERI, Vic. Gral. Cap.
P.
BATAAGLIA, Secretario
El Obispo de Asti:
Asti, 4 de marzo de 1868
M. Rvdo. y queridísimo señor don Bosco:
Aprovecho la amabilidad del Rvmo. señor
canónigo Molino para mandar a V. S. Muy Rvda. la
Comendaticia pedida y las remisorias para los dos
clérigos Merlone y Fagnano. Espero que estos dos
buenos jóvenes continúen diligentemente en la
Congregación de San Francisco de Sales; mas, si
por circunstancias extraordinarias tuvieran que
dejarla y desearan volver a su pueblo, no les será
dificil obtener del Rvmo. señor Obispo de Casale
la autorización. Yo, entre tanto, le auguro de
corazón, pueda obtener de Roma lo que piadosamente
desea en favor de la juventud cristiana; y a los
carísimos clérigos Merlone y Fagnano que puedan
llegar a ser dos buenos ministros del Señor. Y
encomendándome a sus oraciones me profeso de
corazón.
Afmo.
hermano
>>
CARLOS, Obispo de Asti
CAROLUS SAVIO, Dei et Apostolicae CARLOS
SAVIO, por la gracia de
Sedis gratia, Episcopus Astensis et Dios y de
la Sede Apostólica,
Princeps, S.S.D.N. Pii Papae IX Obispo de
Asti y principe,
praelatus domesticus ac pontificio prelado
doméstico de S.S.N.S. Pío
solio assistens. Papa IX y
asistente al solio
pontificio.
Visis Constitutionibus Piae Societatis Vistas
las Constituciones de la
Taurini erectae sub invocatione S. Pía
Sociedad erigida en Turín
Francisci Salesii Nobis oblatis a R. bajo el
título de san Francisco
D. Sacerdote Johanne Bosco, de Sales,
que nos ha presentado
Societatis eiusdem Fundatore ac el
reverendo sacerdote don Juan
Rectore; Bosco,
fundador y Rector de esta
misma
Sociedad;
((**It9.93**)) Viso
item Decreto S. ((**It9.93**)) Visto
también el Decreto
Congregationis Episcoporum et de la
Sagrada Congregación de
Regularium dato sub die 23 Iulii 1864; Obispos y
Regulares, otorgado el
23 de
julio de 1864;
Quum adolescentes non pauci huius Siendo
así que no pocos
Nostrae Dioecesis praeteritis annis
adolescentes de esta nuestra
et in praesens adhuc apud antedictam Diócesis,
fueron educados en años
Societatem sub disciplina praelaudati pasados y
son instruidos todavía
Sacerdotis Johannis Bosco pie ac al
presente piadosa y
religiose in artibus addiscendis,
religiosamente en las artes o
vel etiam in clericali militia también en
el perfeccionamiento
excolenda, educati sint et edoceantur; de la
milicia clerical por esta
Sociedad,
según la disciplina del
reglamento del ya nombrado
sacerdote
Juan Bosco;
Requisitioni Nobis desuper factae
Asintiendo de buen grado a la
libenti animo annuentes, memoratae petición
que se nos ha hecho,
Societati concedemos
(**Es9.94**))
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