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Sales, necesitaría ver el Decreto del 19 de
febrero p. p. indicado en el mismo Rescripto.
Por ello me dirijo a V. S. Ilma. rogándole
tenga la bondad de hacer que dicho decreto llege a
esta Procuradoría General
El Procurador General
EULA
((**It9.661**))
REINO DE ITALIA
MINISTERIO DE GRACIA, JUSTICIA Y CULTOS
3. ¦ División -Sección 1. ¦,N. ° 13258
Negociado de Cultos
Florencia,
3 de octubre de 1869
ASUNTO
Congregación Religiosa Secular
A S. E. el Presidente del
Consejo de Estado
Relación Ministerial
El Procurador General de Turín llegó a saber
que, en esta ciudad, se había fundado una Pía
Congregación de Sacerdotes, Clérigos y Laicos,
unidos por los acostumbrados tres votos simples de
pobreza, castidad y obediencia, bajo un General o
Rector Mayor, con la finalidad de atender a la
propia santificación y a la educación cívica y
espiritual de los adolescentes pobres. En fin, era
una Congregación regular, con vida común y
caracteres eclesiásticos.
La Santa Sede, a la que se recurrió para la
aprobación de la nueva fundación, en un Rescripto
del 23 de julio de 1864, dijo: <>. (Atendidas
las cartas comendaticias de los referidos Obispos,
la alabó y recomendó con el presente Decreto como
Congregación de votos simples, bajo la dirección
del Superior General, salva la jurisdicción de los
Ordinarios, según lo prescrito por los cánones
constitucionales apostólicos... dejando para
tiempo más oportuno la aprobación de las
Constituciones).
Fue un Decreto que aprobó la finalidad de la
unión, alabó la misma unión, mas no quiso por
entonces aprobar las Constituciones, tal vez para
que no pareciera que se quería dar vida a un ente
moral eclesiástico, esquivando así los efectos de
la ley de supresión; dejó, sin embargo, diferida
la aprobación para tiempo más oportuno, esperando
tal vez que haya de llegar un tiempo en el que
puedan volver a ser readmitidas en el Reino las
Ordenes Religiosas.
El Arzobispo de Turín alabó la obra de don
Bosco; pero éste, que quería extender enseguida la
jurisdicción, propia del general, a los sacerdotes
y clérigos de su
(**Es9.590**))
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