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y que entretanto pide saber cuáles son los tratos
que se harán con el eclesiástico que se dedicase a
atender la iglesia.
Mándeme su solicitud y yo la pasaré a S. E. Sé
que él está bien dispuesto y que de veras se
desearía que la iglesia del Santo Sudario volviera
a funcionar.
No sé si le satisfará mi respuesta. En todo
caso estoy dispuesto a darle aún todas las
aclaraciones que desee.
Con todo respeto y de corazón,
17 de mayo de 1869.
Su
atento y afmo. s. s.
CANTON
El Venerable se apresuró a cumplir las
indicaciones del señor Cantón, a quien envió su
instancia para que la presentase al Ministro.
Al Excelentísimo señor Ministro Menabrea.
Excelencia:
El que suscribe recurre respetuosamente a V. E.
para pedir un favor que, a la par, resultaría muy
provechoso para una obra de beneficencia, de
gloria para el Gobierno y sumamente apreciada por
la opinión pública de los buenos.
Se manifiesta a V. E. que en el
establecimiento, llamado Oratorio de San Francisco
de Sales, están internados más de ochocientos
muchachos pobres, algunos de los cuales, con
evidentes señales de vocación, abrazan el estado
eclesiástico; resultaría de gran utilidad una
iglesia donde podrían ocuparse uno o más
sacerdotes con algunos seminaristas, que al mismo
tiempo que trabajaran para promover el decoro de
las funciones sagradas, tendrían un medio material
para proseguir sus estudios.
Por otra parte, la iglesia del Santo Sudario se
halla en el sitio más céntrico de Roma; mas, por
estar cerrada desde hace años, no ha funcionado y
va perdiendo su antiguo y monumental esplendor
hasta amenazar ruina, si no se la restaura cuanto
antes y se la pone en situación de que pueda
servir para el culto divino. Así las cosas, el que
suscribe se atreve a suplicar a V. E. quiera
concederle a él o en su lugar a un sacerdote del
mencionado establecimiento, la iglesia del Santo
Sudario en Roma. A tal propósito se obligaría al
culto ordinario, al cumplimiento de todas las
cargas, a su mantenimiento y a cuanto concierne al
decoro de las funciones sagradas.
((**It9.643**)) En lo
que al Gobierno Pontificio se refiere, el
recurrente se obliga al cumplimiento de las
incumbencias correspondientes en la seguridad de
no hallar dificultad, tratándose de cosas de
utilidad pública, civil y religiosa.
En cuanto a los gastos a hacer para la
restauración, podría el Gobierno, si lo juzga
oportuno, ejecutar los trabajos por su cuenta, o
bien ceder el patronato, con los demás derechos, a
quien quisiera hacer el gasto correspondiente a
esta restauración. Pero como esto es algo
accesorio, se deja totalmente a la buena voluntad
de V. E.
Esta es la obra que se propone a V. E.
Desaparecería así el motivo del gran disgusto que
experimentan todos los italianos al ver una
majestuosa basílica, situada en el lugar más
propicio de la ciudad, cerrada y amenazando ruina.
(**Es9.574**))
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