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((**Es9.532**) pasado. Sólo alguno de los confidentes del secreto esperaba y callaba. El Siervo de Dios, aunque anduvo muy ocupado con las confesiones, no dejó de inspeccionar la casa, de dar conferencias, de hablar con superiores y alumnos, de dar audiencia a quien la pedía; y, resultado de sus diligencias, fue también una proposición al Municipio. Ilmo. señor Alcalde: Con motivo de la visita que estoy haciendo a las escuelas del municipio de Lanzo, confiadas a nuestros cuidados, he quedado muy satisfecho de la disciplina, la aplicación y la moral que advierto en sus alumnos, tanto internos como externos. Pero he observado, con verdadera pena, la aglomeración de los alumnos, que ciertamente son más de los que caben en sus locales. Me desagradaron sobre todo los dormitorios, el estudio, y el refectorio, tan abarrotados que no cabe uno más, mientras son continuas las peticiones de admisión que se nos hacen desde diversos pueblos. Para atender a estas necesidades ya traté otras veces con el Municipio, que tomó todo con la debida consideración y sólo adujo la falta de medios materiales que no permitían por entonces tomar las medidas oportunas. Aunque sea muy limitada la situación de mis recursos, sin embargo, por el deseo de proveer al bien de la juventud estudiantil y dar solidez y prosperidad al floreciente colegio de Lanzo estaría decidido a realizar algunos trabajos por mi cuenta, de acuerdo con los principios manifestados, esto es: 1.° El sacerdote Juan Bosco asumiría por su cuenta la ampliación de los actuales locales del colegio para uso de clases, según planos y lindes a someter al beneplácito del Ayuntamiento. 2.° El Ayuntamiento no hace ningún préstamo monetario, pero entiende compensar los gastos hechos por el sacerdote Bosco en el caso presente, dejando el nuevo local para libre uso del mismo por espacio de cuarenta años, con tal que continúe atendiendo a la pública instrucción científica de la juventud. ((**It9.592**)) 3.° Pasados cuarenta años, los nuevos locales pasarán total y absolutamente a propiedad del Ayuntamiento. Me parece bien hacer presente que, con este contrato, no ocasiona el Ayuntamiento ningún gravamen a sus sucesores en la pública administración del pueblo, porque con poca extensión de terreno ganaría un edificio sin coste alguno, que serviría para las escuelas públicas, remediaría un defecto del actual edificio del colegio, y que, mientras se deja a otros el uso, tiene que servir para continuar siendo empleado en beneficio del pueblo. No creo de ningún modo que se hayan de encontrar dificultades ante el Consejo Provincial, ya que no sería un contrato gravoso para el Ayuntamiento, pues quedaría cubierto con la misma convención de quien permite edificar en el propio suelo, a condición de que, transcurrido aquel número de años, el edificio pasa a propiedad del dueño del terreno. Ni tampoco puede engendrar dificultades el caso en que fueran cambiados los programas por parte del Gobierno, porque, sean ellos los que fueren, siempre deberán (**Es9.532**))
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