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Que Dios bendiga a V. E. y a toda su familia.
Considéreme, con el más profundo agradecimiento,
De V. E. Rvma.
Turín, 31 de marzo de 1869.
JUAN BOSCO, Pbro.
P. D. Don Juan Bautista Francesia y los demás
sacerdotes le saludan y el caballero Oreglia le
llevará personalmente los saludos de todos para el
11 de abril.
Y llegó el esperado decreto en favor de la
Asociación de devotos de María Auxiliadora, del
que había hablado el Venerable y para el que había
entregado una instancia al Padre Santo.
PIO PP. IX
PARA PERPETUA MEMORIA DEL
ACONTECIMIENTO
Nuestro amado hijo Juan Bosco, sacerdote
turinés, nos expuso que quería, para excitar y
aumentar la devoción de los fieles a la santa
Madre de Dios y al augusto Sacramento de la
Eucaristía, instituir, con licencia del Ordinario,
en la iglesia dedicada a María Santísima
Auxiliadora, en la ciudad de Turín, una Pía
Sociedad con el nombre de Asociación de devotos de
María Auxiliadora, cuyos socios tengan por fin
principal promover el culto de la Inmaculada Madre
de Dios y del Augusto Sacramento.
((**It9.586**)) A fin
de que después, proponiéndoles mayores auxilios
para llegar a la celeste bienaventuranza, se
inscriban los fieles con mayor empeño en esta
Asociación y cumplan las obras prescritas de
piedad, Nos hizo humilde súplica para que, a este
fin, quisiéramos por Nuestra benignidad abrir los
tesoros de la Iglesia, cuya distribución nos
recomendó el Dios Altísimo.
En consecuencia Nos, encomiando los saludables
y provechosos cuidados de dicho amado hijo
nuestro, para que con el auxilio divino tome mayor
incremento de día en día esta Asociación, apoyados
en la misericordia de Dios y en la autoridad de
los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo,
misericordiosamente concedemos en el Señor
Indulgencia Plenaria y remisión de todos sus
pecados a todos y cada uno de los fieles
cristianos, de uno y otro sexo, que, ahora y en lo
sucesivo, sean inscritos en la Pía Sociedad
llamada Asociación de devotos de María
Auxiliadora, canónicamente erigida en la iglesia
dedicada a María Auxiliadora en la ciudad de Turín
y que, verdaderamente arrepentidos, confesados y
comulgados, hayan visitado devotamente erigida en
la iglesia dedicada a María Auxiliadora en la
ciudad de Turín y vísperas hasta la puesta del
sol, en las fiestas de Navidad, Circuncisión,
Epifanía y Ascensión de Nuestro Señor Jesucristo,
en el domingo de Pentecostés, en la solemnidad del
Corpus e igualmente en las siete principales
fiestas de la Inmaculada Virgen Madre de Dios y
que hayan rezado por la concordia de los Príncipes
Cristianos, extirpación de las herejías y
exaltación de la Santa Madre Iglesia, en
cualquiera de los arriba citados días que lo
hagan.
Concedemos, además, siete años de Indulgencia y
otras tantas cuarentenas a los mismos socios que,
al menos con corazón contrito, cumplan las obras
de piedad
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