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((**Es9.528**) Que Dios bendiga a V. E. y a toda su familia. Considéreme, con el más profundo agradecimiento, De V. E. Rvma. Turín, 31 de marzo de 1869. JUAN BOSCO, Pbro. P. D. Don Juan Bautista Francesia y los demás sacerdotes le saludan y el caballero Oreglia le llevará personalmente los saludos de todos para el 11 de abril. Y llegó el esperado decreto en favor de la Asociación de devotos de María Auxiliadora, del que había hablado el Venerable y para el que había entregado una instancia al Padre Santo. PIO PP. IX PARA PERPETUA MEMORIA DEL ACONTECIMIENTO Nuestro amado hijo Juan Bosco, sacerdote turinés, nos expuso que quería, para excitar y aumentar la devoción de los fieles a la santa Madre de Dios y al augusto Sacramento de la Eucaristía, instituir, con licencia del Ordinario, en la iglesia dedicada a María Santísima Auxiliadora, en la ciudad de Turín, una Pía Sociedad con el nombre de Asociación de devotos de María Auxiliadora, cuyos socios tengan por fin principal promover el culto de la Inmaculada Madre de Dios y del Augusto Sacramento. ((**It9.586**)) A fin de que después, proponiéndoles mayores auxilios para llegar a la celeste bienaventuranza, se inscriban los fieles con mayor empeño en esta Asociación y cumplan las obras prescritas de piedad, Nos hizo humilde súplica para que, a este fin, quisiéramos por Nuestra benignidad abrir los tesoros de la Iglesia, cuya distribución nos recomendó el Dios Altísimo. En consecuencia Nos, encomiando los saludables y provechosos cuidados de dicho amado hijo nuestro, para que con el auxilio divino tome mayor incremento de día en día esta Asociación, apoyados en la misericordia de Dios y en la autoridad de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo, misericordiosamente concedemos en el Señor Indulgencia Plenaria y remisión de todos sus pecados a todos y cada uno de los fieles cristianos, de uno y otro sexo, que, ahora y en lo sucesivo, sean inscritos en la Pía Sociedad llamada Asociación de devotos de María Auxiliadora, canónicamente erigida en la iglesia dedicada a María Auxiliadora en la ciudad de Turín y que, verdaderamente arrepentidos, confesados y comulgados, hayan visitado devotamente erigida en la iglesia dedicada a María Auxiliadora en la ciudad de Turín y vísperas hasta la puesta del sol, en las fiestas de Navidad, Circuncisión, Epifanía y Ascensión de Nuestro Señor Jesucristo, en el domingo de Pentecostés, en la solemnidad del Corpus e igualmente en las siete principales fiestas de la Inmaculada Virgen Madre de Dios y que hayan rezado por la concordia de los Príncipes Cristianos, extirpación de las herejías y exaltación de la Santa Madre Iglesia, en cualquiera de los arriba citados días que lo hagan. Concedemos, además, siete años de Indulgencia y otras tantas cuarentenas a los mismos socios que, al menos con corazón contrito, cumplan las obras de piedad (**Es9.528**))
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