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((**Es9.388**) Sede, acompañadas de la carta comendaticia del Superior Eclesiástico de esta Archidiócesis y de otros beneméritos Obispos, como base para una Congregación con el nombre de Sociedad de San Francisco de Sales. La Sagrada Congregación de Obispos y Regulares, después de examinarlos, publicaba un Decreto con el que alababa y recomendaba esta ((**It9.421**)) Sociedad como Congregación de votos simples, difiriendo, sin embargo, para tiempo más oportuno la definitiva aprobación de cada uno de los artículos. Entretanto, como garantía de la existencia de la Sociedad, constituía al Superior de por vida y daba normas para la elección del Sucesor. A este decreto se añadían trece observaciones que se adaptaron a las Constituciones. Entre otras, la de que los votos debían ser reservados a la Santa Sede. Las Constituciones, cuya copia tuve el honor de presentar a Sus Excelencias, son las alabadas y recomendadas por el citado decreto, con la inserción de las observaciones hechas. A principios del corriente año, el Obispo de Casale aprobó esta Congregación como diocesana con el Decreto y las gracias, cuya copia también me he permitido presentar a Sus Excelencias. Así las cosas, y viendo que cada día se acerca más el fin de mi vida, con el temor de que se puedan presentar serios inconvenientes al porvenir de esta Institución, si yo muriera antes de que esté definitivamente aprobada, he presentado de nuevo humildemente a Su Santidad el Papa Pío IX las Constituciones con las cartas comendaticias de más de veinte Obispos, entre los cuales tengo la satisfacción de poder contar con Sus Excelencias. El Santo Padre se dignó comunicarme, por medio del Secretario de la arriba mencionada Congregación de Obispos y Regulares, que no hubo dificultad acerca de la definitiva aprobación de las Constituciones; pero me advierte que algunos Obispos, de la Provincia Eclesiástica de Turín, han hecho observaciones con respecto a los clérigos que tuvieren intención de ingresar en esta Congregación. Ahora bien, ante la propicia ocasión de hallarse congregadas Sus Excelencias para el bien de sus diócesis, me he atrevido a exponerles el estado de esta Institución y rogarles, por cuanto sé y puedo, se dignen ayudarme y aconsejarme respecto a algunos puntos de suma importancia: 1.° Si puedo esperar un voto favorable, tal como está anotado en la Notitia Brevis, a la que hemos aludido arriba, esto es: Episcopi Provinciae Ecclesiaticae Taurinensis definitivam approbationem Societatis Sancti Francisci Salesii postulant (Los Obispos de la Provincia Eclesiástica Turinesa, piden la aprobación definitiva de la Sociedad de San Francisco de Sales). Creo que no obste a ello la pregunta que se dice haber hecho la Santa Sede para el futuro Concilio Ecuménico: <>, ya que aquí se trata únicamente de cumplir una obra alabada y recomendada por el Padre Santo, cuyo Superior y Sucesor están regularmente establecidos y que entre los argumentos de su existencia cuenta ya con la aprobación definitiva del Obispo de Casale. 2.° Supuesto este voto favorable, establecer una fórmula para presentar a la Santa Sede con la cual, salvando la jurisdicción de los Obispos, se diga cómo el Superior de esta Congregación puede administrar, regular a los individuos que pertenecen a varias casas existentes en diversas ((**It9.422**)) diócesis. Para la aceptación, instrucción de los miembros y para la presentación de los mismos a las sagradas órdenes, se siguen las costumbres de nuestros pueblos en las Congregaciones hasta ahora aprobadas. (**Es9.388**))
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