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Sede, acompañadas de la carta comendaticia del
Superior Eclesiástico de esta Archidiócesis y de
otros beneméritos Obispos, como base para una
Congregación con el nombre de Sociedad de San
Francisco de Sales.
La Sagrada Congregación de Obispos y Regulares,
después de examinarlos, publicaba un Decreto con
el que alababa y recomendaba esta ((**It9.421**))
Sociedad como Congregación de votos simples,
difiriendo, sin embargo, para tiempo más oportuno
la definitiva aprobación de cada uno de los
artículos.
Entretanto, como garantía de la existencia de
la Sociedad, constituía al Superior de por vida y
daba normas para la elección del Sucesor.
A este decreto se añadían trece observaciones
que se adaptaron a las Constituciones. Entre
otras, la de que los votos debían ser reservados a
la Santa Sede.
Las Constituciones, cuya copia tuve el honor de
presentar a Sus Excelencias, son las alabadas y
recomendadas por el citado decreto, con la
inserción de las observaciones hechas.
A principios del corriente año, el Obispo de
Casale aprobó esta Congregación como diocesana con
el Decreto y las gracias, cuya copia también me he
permitido presentar a Sus Excelencias.
Así las cosas, y viendo que cada día se acerca
más el fin de mi vida, con el temor de que se
puedan presentar serios inconvenientes al porvenir
de esta Institución, si yo muriera antes de que
esté definitivamente aprobada, he presentado de
nuevo humildemente a Su Santidad el Papa Pío IX
las Constituciones con las cartas comendaticias de
más de veinte Obispos, entre los cuales tengo la
satisfacción de poder contar con Sus Excelencias.
El Santo Padre se dignó comunicarme, por medio
del Secretario de la arriba mencionada
Congregación de Obispos y Regulares, que no hubo
dificultad acerca de la definitiva aprobación de
las Constituciones; pero me advierte que algunos
Obispos, de la Provincia Eclesiástica de Turín,
han hecho observaciones con respecto a los
clérigos que tuvieren intención de ingresar en
esta Congregación.
Ahora bien, ante la propicia ocasión de
hallarse congregadas Sus Excelencias para el bien
de sus diócesis, me he atrevido a exponerles el
estado de esta Institución y rogarles, por cuanto
sé y puedo, se dignen ayudarme y aconsejarme
respecto a algunos puntos de suma importancia:
1.° Si puedo esperar un voto favorable, tal
como está anotado en la Notitia Brevis, a la que
hemos aludido arriba, esto es: Episcopi Provinciae
Ecclesiaticae Taurinensis definitivam
approbationem Societatis Sancti Francisci Salesii
postulant (Los Obispos de la Provincia
Eclesiástica Turinesa, piden la aprobación
definitiva de la Sociedad de San Francisco de
Sales).
Creo que no obste a ello la pregunta que se
dice haber hecho la Santa Sede para el futuro
Concilio Ecuménico: <>, ya que aquí se trata
únicamente de cumplir una obra alabada y
recomendada por el Padre Santo, cuyo Superior y
Sucesor están regularmente establecidos y que
entre los argumentos de su existencia cuenta ya
con la aprobación definitiva del Obispo de Casale.
2.° Supuesto este voto favorable, establecer
una fórmula para presentar a la Santa Sede con la
cual, salvando la jurisdicción de los Obispos, se
diga cómo el Superior de esta Congregación puede
administrar, regular a los individuos que
pertenecen a varias casas existentes en diversas
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diócesis. Para la aceptación, instrucción de los
miembros y para la presentación de los mismos a
las sagradas órdenes, se siguen las costumbres de
nuestros pueblos en las Congregaciones hasta ahora
aprobadas.
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