((**Es7.763**)
Por la respuesta tenida a través de una nota
del Gobernador de Alessandria el 15 del corriente,
resulta que dicho Sebastián De-Luigi, padre, se
encuentra en la absoluta imposibilidad de pagar
esa mínima pensión, o de hacer alguna oferta a
propósito y que no conoce persona caritativa que
quiera suplirle.
Habiendo recibido con la citada nota un
certificado de pobreza absoluta, suscrito por la
Junta Municipal de Alessandria, el abajo firmante
lo envía de nuevo al dicho sacerdote don Bosco
para que él vea lo que cree poder hacer con el
pobre recurrente De-Luigi.
Por el
Gobernador, RADlCATI
Nota: El joven fue aceptado gracias a la
recomendación del Ministro.
((**It7.900**))
Reino de Italia
Ministerio de Gobernación
División N.° 6, Sec. 2.¦
N.° 49599-3139
Turín,
18 de junio de 1863.
Un tal Mateo Gennero, campesino de Carignano,
habiendo sacado de la maternidad de Turín en el
año 1851 un muchacho llamado Hércules Ballio,
abandonado a los dos años por sus propios padres,
encontrándose, por el aumento de la propia familia
y la falta de medios necesarios de subsistencia,
en la imposibilidad de tener consigo al abandonado
Ballio, se dirige al Alcalde de Carignano pidiendo
se proceda a colocar a dicho joven en cualquier
centro de beneficencia pública.
La Junta Municipal de Carignano en su deseo de
evitar que el desgraciado Ballio, al salir de la
familia que dividió con él gratuitamente su pan
durante diez años, pueda resultar funesto para la
sociedad, determinó ofrecer la cantidad de cien
liras al reverendo teólogo Bosco, si aceptaba, con
un nuevo acto de caridad, recibir al joven
mencionado en su Instituto.
Contando con el ánimo caritativo de V. S.
ruégole yo también quiera aceptar favorablemente
los deseos de la Junta Municipal a fin de alejar
de los peligros a los que fácilmente se expondría
Ballio, todavía en tierna edad.
Ruégole una respuesta a la presente.
Por el
Ministro, S. SPAVENTA
Reino de Italia
Ministerio de Gobernación
División N.° 6, Sec. 2.¦
N.° 48922-3069
Turín, 21 de junio de 1863.
Domingo Negro, de esta Ciudad, manifiesta que
por la muerte de una hija suya, casada con un tal
Domingo Chiappero, de sesenta y un años, se ha
visto obligado a llevarse consigo a los hijos de
dicha difunta por cuanto el trabajo del padre no
es suficiente para mantenerlos y pide, en vista de
sus escasos medios, la admisión del primogénito de
su dicha hija, llamado Juan, con doce años, en el
Oratorio de San Francisco de Sales.
(**Es7.763**))
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