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((**Es7.763**) Por la respuesta tenida a través de una nota del Gobernador de Alessandria el 15 del corriente, resulta que dicho Sebastián De-Luigi, padre, se encuentra en la absoluta imposibilidad de pagar esa mínima pensión, o de hacer alguna oferta a propósito y que no conoce persona caritativa que quiera suplirle. Habiendo recibido con la citada nota un certificado de pobreza absoluta, suscrito por la Junta Municipal de Alessandria, el abajo firmante lo envía de nuevo al dicho sacerdote don Bosco para que él vea lo que cree poder hacer con el pobre recurrente De-Luigi. Por el Gobernador, RADlCATI Nota: El joven fue aceptado gracias a la recomendación del Ministro. ((**It7.900**)) Reino de Italia Ministerio de Gobernación División N.° 6, Sec. 2.¦ N.° 49599-3139 Turín, 18 de junio de 1863. Un tal Mateo Gennero, campesino de Carignano, habiendo sacado de la maternidad de Turín en el año 1851 un muchacho llamado Hércules Ballio, abandonado a los dos años por sus propios padres, encontrándose, por el aumento de la propia familia y la falta de medios necesarios de subsistencia, en la imposibilidad de tener consigo al abandonado Ballio, se dirige al Alcalde de Carignano pidiendo se proceda a colocar a dicho joven en cualquier centro de beneficencia pública. La Junta Municipal de Carignano en su deseo de evitar que el desgraciado Ballio, al salir de la familia que dividió con él gratuitamente su pan durante diez años, pueda resultar funesto para la sociedad, determinó ofrecer la cantidad de cien liras al reverendo teólogo Bosco, si aceptaba, con un nuevo acto de caridad, recibir al joven mencionado en su Instituto. Contando con el ánimo caritativo de V. S. ruégole yo también quiera aceptar favorablemente los deseos de la Junta Municipal a fin de alejar de los peligros a los que fácilmente se expondría Ballio, todavía en tierna edad. Ruégole una respuesta a la presente. Por el Ministro, S. SPAVENTA Reino de Italia Ministerio de Gobernación División N.° 6, Sec. 2.¦ N.° 48922-3069 Turín, 21 de junio de 1863. Domingo Negro, de esta Ciudad, manifiesta que por la muerte de una hija suya, casada con un tal Domingo Chiappero, de sesenta y un años, se ha visto obligado a llevarse consigo a los hijos de dicha difunta por cuanto el trabajo del padre no es suficiente para mantenerlos y pide, en vista de sus escasos medios, la admisión del primogénito de su dicha hija, llamado Juan, con doce años, en el Oratorio de San Francisco de Sales. (**Es7.763**))
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