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((**Es7.743**) 6.° La necesidad de sostener la religión católica se hace sentir seriamente hasta en los adultos de las bajas esferas y sobre todo en las pequeñas poblaciones del campo. Por esto, los socios salesianos se consagrarán con celo a predicar ejercicios espirituales, se esforzarán en difundir buenos libros entre el pueblo, usando todas las industrias que inspira la caridad cristiana. Finalmente, con la palabra y con los escritos tratarán de oponer un dique a la impiedad y la herejía, que de tan variadas maneras intentan insinuarse entre los rudos e ignorantes. Esto al presente se realiza dando de cuando en cuando ejercicios espirituales, con triduos y novenas, con la publicación de las Lecturas Católicas y con la tipografia, hace dos años iniciada en la Casa de Valdocco para imprimir buenos libros. 7.° Es un principio tomado, y que será inexorablemente practicado, que todos los miembros de esta Sociedad vivan ajenos a cuanto mira a la política. Por tanto, ni de palabra ni por escrito, con libros o con impresos tomarán nunca parte en aquellas cuestiones que, aunque sólo fuera indirectamente, puedan comprometer en política. ((**It7.875**)) CAPITULO IV Forma de esta Sociedad 1.° Todos los socios viven en común unidos únicamente por el lazo de la caridad fraterna y de los votos simples, que de tal manera los junta que forman un solo corazón y una sola alma para amar y servir a Dios con la virtud de la obediencia, de la pobreza, de la castidad, y con el exacto cumplimiento de los deberes de un buen cristiano. 2.° Cada uno, al entrar en la Congregación, no pierde los derechos civiles, ni tampoco después de hechos los votos; por consiguiente conserva la propiedad de sus cosas, la facultad de heredar y de recibir herencias, legados y donativos. Pero durante el tiempo que permanezca en la Congregación no podrá administrar sus bienes, si no es dentro del modo y los límites marcados por el Superior Mayor. 3.° Los frutos de los bienes estables y muebles aportados a la Congregación deben cederse en favor de la misma, durante todo el tiempo que se permanezca en ella. Puede, sin embargo, disponer libremente en ella de cuanto posee fuera de la Congregación, pero siempre con el consentimiento del Superior. 4.° Los clérigos y los sacerdotes, aun después de los votos, podrán retener sus bienes patrimoniales eclesiásticos y los beneficios simples; pero no podrán administrarlos, ni usufructuarlos. 5.° La administración de los bienes patrimoniales, de los beneficios y de todo cuanto se traiga a la Congregación corresponde al Superior General, quien, personalmente o a través de otros, los administrará y dispondra de los réditos o frutos mientras el socio permanezca en la Congregación. 6.° Al mismo Superior deberá entregar cada sacerdote el estipendio de la misa. Todos, sacerdotes, clérigos o laicos le entregarán todo dinero o regalo que por cualquier razón llegue a sus manos, para beneficio común. 7.° La Sociedad proveerá a cada uno de todo lo necesario para la comida, vestido y cuanto pueda necesitar en las distintas circunstancias de la vida, lo mismo en (**Es7.743**))
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