((**Es7.734**)
Solamente al Director compete la facultad de
determinar las ocupaciones de cada uno: nadie
puede introducir cambios de horario o de
disciplina sin su expreso consentimiento.
((**It7.864**))
CAPITULO III
El Prefecto
1.° El Prefecto o ecónomo, tiene a su cargo
toda la marcha material del Colegio, y hace las
veces del Director en su ausencia, en la
administración y en todo aquello de que estuviere
encargado.
2.° Atiende a los contratos, lleva cuenta de
las entradas y salidas, provee de todo lo
necesario para la comida, vestido y combustibles,
siempre dentro de los límites establecidos por el
Director.
3.° De acuerdo con las normas de administración
admitidas en nuestra Casa, llevará el libro mayor,
sobre el cual anotará nombre y apellido de los
alumnos y sus condiciones de aceptación.
4.° Se cuidará de que los alumnos nuevos sean
presentados inmediatamente al Catequista para que
sean informados sobre el reglamento del Colegio.
5.° Cuando un alumno deje de pertenecer al
Colegio, anote el día de su salida, y los motivos
por los que salió.
6.° El Prefecto velará por la exacta
observancia de la disciplina de todo el Colegio,
especialmente de los colaboradores, esto es, de
aquéllos a quienes se les han encomendado los
trabajos materiales del establecimiento.
7.° No perdone ocasión, lugar o personas, para
dar avisos, consejos o correcciones, siempre que
ello sea conveniente o se presente oportunidad.
8.° Provea de todo lo necesario; mas procure
evitar los gastos inútiles y superfluos. Las
reparaciones, compras de ropa y de muebles, los
viajes no necesarios son puntos susceptibles de
muchas economías. Dígase lo mismo sobre el gasto
de luces, comestibles, maderas y similares.
9.° Procure obtener cada mes las calificaciones
de cada alumno, a través del Director de las
escuelas y del Catequista, para poder dar avisos o
hacer correcciones de acuerdo con la necesidad.
10.° Por la noche reúna a todos los empleados a
una hora establecida, les dirija y asista durante
el rezo de las oraciones, y déles siempre algún
pensamiento cristiano.
11.° El Prefecto seguirá las órdenes del
Director en su administración, y si debe modificar
algo, póngase de acuerdo con el mismo previamente.
CAPITULO IV
El Catequista
1.° El Catequista está encargado de velar por
los alumnos y atender a sus necesidades
espirituales; por cuanto sea posible debe ser un
sacerdote ((**It7.865**)) de
conducta ejemplar e intachable ante todos los
alumnos del Colegio.
(**Es7.734**))
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