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((**Es7.734**) Solamente al Director compete la facultad de determinar las ocupaciones de cada uno: nadie puede introducir cambios de horario o de disciplina sin su expreso consentimiento. ((**It7.864**)) CAPITULO III El Prefecto 1.° El Prefecto o ecónomo, tiene a su cargo toda la marcha material del Colegio, y hace las veces del Director en su ausencia, en la administración y en todo aquello de que estuviere encargado. 2.° Atiende a los contratos, lleva cuenta de las entradas y salidas, provee de todo lo necesario para la comida, vestido y combustibles, siempre dentro de los límites establecidos por el Director. 3.° De acuerdo con las normas de administración admitidas en nuestra Casa, llevará el libro mayor, sobre el cual anotará nombre y apellido de los alumnos y sus condiciones de aceptación. 4.° Se cuidará de que los alumnos nuevos sean presentados inmediatamente al Catequista para que sean informados sobre el reglamento del Colegio. 5.° Cuando un alumno deje de pertenecer al Colegio, anote el día de su salida, y los motivos por los que salió. 6.° El Prefecto velará por la exacta observancia de la disciplina de todo el Colegio, especialmente de los colaboradores, esto es, de aquéllos a quienes se les han encomendado los trabajos materiales del establecimiento. 7.° No perdone ocasión, lugar o personas, para dar avisos, consejos o correcciones, siempre que ello sea conveniente o se presente oportunidad. 8.° Provea de todo lo necesario; mas procure evitar los gastos inútiles y superfluos. Las reparaciones, compras de ropa y de muebles, los viajes no necesarios son puntos susceptibles de muchas economías. Dígase lo mismo sobre el gasto de luces, comestibles, maderas y similares. 9.° Procure obtener cada mes las calificaciones de cada alumno, a través del Director de las escuelas y del Catequista, para poder dar avisos o hacer correcciones de acuerdo con la necesidad. 10.° Por la noche reúna a todos los empleados a una hora establecida, les dirija y asista durante el rezo de las oraciones, y déles siempre algún pensamiento cristiano. 11.° El Prefecto seguirá las órdenes del Director en su administración, y si debe modificar algo, póngase de acuerdo con el mismo previamente. CAPITULO IV El Catequista 1.° El Catequista está encargado de velar por los alumnos y atender a sus necesidades espirituales; por cuanto sea posible debe ser un sacerdote ((**It7.865**)) de conducta ejemplar e intachable ante todos los alumnos del Colegio. (**Es7.734**))
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