((**Es7.625**)
SE AUTORIZA:
Al reverendo sacerdote Juan Bosco para abrir en
el local ya existente del colegio de Lanzo, un
colegio-residencia, donde, además de las clases
elementales inferiores ((**It7.734**)) y
superiores, totalmente gratuitas, se dará, en
conformidad con los programas oficiales, la
enseñanza de los tres primeros cursos de
bachillerato, bajo la dirección del teólogo
caballero Albert, Vicario Foráneo de Lanzo y con
la ayuda de los siguientes profesores sacerdotes:
Domingo Ruffino, para el tercer curso;
Bartolomé Fusero, para el segundo curso;
Juan Bonetti, para el primer curso.
Esta autorización está vinculada al
cumplimiento de las condiciones arriba expuestas y
a las disposiciones relativas a los centros
privados de enseñanza, y a la obligación de
comunicar a la autoridad escolástica los cambios
que se produjesen en el personal.
Turín, 14 de septiembre, 1864.
Por el
Real Delegado
VIGNA
El Colegio de Lanzo era su tercera casa; y veía
claramente que, tras ella, habría de fundar muchas
otras; colegios internados, hospicios, escuelas
profesionales de artes y oficios, seminarios,
escuelas agrícolas, etc... Por eso pedía a
diversas partes programas de los centros de
educación destinados a una clase especial de
alumnos. Y nosotros hemos hallado en su escritorio
programas del Hospicio de los artesanitos pobres
de Ivrea; del Refugio para muchachos pobres y
abandonados en la ciudad de Alba; del
Colegio-Residencia Episcopal de Mondoví; del
Colegio-Residencia, técnico-comercial, de los
Hermanos de las Escuelas Cristianas en Turín; del
Seminario Menor de la Pequeña Casa de la Divina
Providencia; del Colegio elemental para
mediopensionistas de los Hermanos de las Escuelas
Cristianas en Turín; del Colegio Católico de
Menzingen para la educación de muchachos
destinados al comercio; del Colegio-Residencia de
Pinerolo; y de otros que ya no recordamos.
Pero se informaba sobre todo de las leyes,
decretos, programas y circulares oficiales acerca
de la instrucción clásica y elemental. Estudiaba
la interpretación que se daba a ciertos artículos,
o la amplia aplicación que las Autoridades
((**It7.735**)) se
permitían en determinadas circunstancias. Le
costaba la habilitación legal de sus maestros y
pensaba que no siempre lograría retenerlos
consigo, una vez obtenido el diploma. Los títulos
autorizados, las facultades otorgadas por los
Delegados provinciales, las suplencias permitidas,
formaban parte de sus proyectos para superar las
dificultades cada vez mayores que impedían el
desarrollo de sus escuelas. Buscaba, en fin,
conciliar el
(**Es7.625**))
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