((**Es7.62**)
trabajo a una parte de los pobres jóvenes
internados en esta casa. Con los sentimientos de
la más profunda gratitud tengo el honor de
profesarme,
De V.S. Ilma.
Atto. s.s.
JUAN BOSCO, Pbro.
El permiso para abrir una tipografía quedaba
finalmente otorgado con la firma de dos señores,
que habían participado en los registros del
Oratorio, el año 1860.
N.° Prot. Gen. 3472
El Gobernador de la Provincia de Turín.
Vista la demanda del Reverendo Señor don Juan
Bosco, del 26 del presente pasado de octubre,
solicitando obtener permiso para abrir en la casa
denominada Oratorio de San Francisco de Sales, un
taller de tipografía bajo la dirección material
del señor Andrés Giardino;
Vista la documentación de este último para el
indicado fin, presentada en esta Oficina de
Gobernación por mediación del citado don Bosco,
con fecha 27 del corriente diciembre;
Vistos los artículos ciento veintiocho y ciento
veintinueve de la ley de S.P. 13 noviembre 1859;
Hemos acordado conceder y concedemos al señor
don Bosco, antes mencionado, la autorización para
abrir en su citada institución un taller de
imprenta, sirviéndose de la ayuda del también
nombrado señor Andrés Giardino, lo que se ajusta
exactamente a las prescripciones del artículo
ciento veintiocho de la ley de 13 de noviembre de
1859.
Turín, 31 de diciembre, 1861.
P.
el Gobernador
RADICATI
31 diciembre 1861: Visto y registrado en la
Jefatura de Policía de Turín.
El
jefe
CHIAPUSSI
((**It7.60**)) OFICINA
DE LA SEGURIDAD PUBLICA -SECCION BORGO DORA.
Turín, 2 enero de 1862.
M.R. Señor:
En relación con la anterior, me cabe el honor
de transmitirle el permiso para abrir un taller
tipográfico, con el número tres mil cuatrocientos
setenta y dos del Prot. General de la Oficina de
Gobernación y número seis mil trescientos setenta
y tres de la Oficina de la Jefatura de Policía.
Una indicación suya a la presente equivaldrá a
recibida.
Tengo el honor de suscribirme de V.S.M.R.
El
Inspector
ABOGADO TUA(**Es7.62**))
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