((**Es7.60**)
-Ya veréis, tendremos una imprenta, dos
imprentas, diez imprentas. íYa veréis!
Parecía que estuviera contemplando las de
Sampierdarena, Niza, Barcelona, Marsella, Buenos
Aires, Montevideo y otras ciudades.
Mientras tanto redactaba la siguiente instancia
al Gobernador de la provincia de Turín.
((**It7.57**))
Ilustrísimo Señor:
El sacerdote Juan Bosco, Director del Oratorio
de San Francisco de Sales, expone respetuosamente
a Vuestra Señoría que, habiendo aumentado el
número de muchachos internos de esta casa,
interesaría enseñar alguna otra profesión más de
las que ya funcionan de carpintero, sastre,
zapatero y encuadernador de libros. Parece que
resultaría de provechosa utilidad instalar una
pequeña imprenta.
A tal fin, recurre a V.S. Ilma. pidiendo ser
autorizado:
1.° Para montar en esta casa una imprenta con
el nombre de Tipografía del Oratorio de San
Francisco de Sales.
2.° Considerando la finalidad de esta pequeña
tipografía, exclusivamente benéfica, y la escasez
de medios y de trabajos a los que se debe
restringir, permita que se abra en la casa del
Director del mismo Oratorio.
3.° Antes de comenzar los trabajos
tipográficos, el solicitante se compromete a
contar con una persona del oficio que pueda
garantizar los trabajos que deberán realizarse.
Puesto que esta pequeña imprenta tiende a dar
ocupación y beneficiar a los jóvenes más pobres y
más abandonados de la sociedad, el firmante,
confiado en su reconocida bondad, espera que su
petición será acogida benigna y favorablemente
mientras con la mayor estima tiene el honor de
profesarse de V.S. Ilma.
Turín, 26 de octubre de 1861.
Seguro servidor
JUAN BOSCO, Pbro.
El Gobernador, encargaba contestarle así:
División VI, N.° 2725
Turín,
29 de octubre 1861.
En nombre de la ley del 13 de noviembre de 1859
no puede concederse permiso para instalaciones de
imprentas, litografías, etc., más que a aquellas
personas que, además de las condiciones prescritas
por los artículos ciento veintiocho y ciento
veintinueve de dicha ley, hayan realizado tres
años de prácticas junto a un tipógrafo, litógrafo,
etc., aprobado por el Gobierno y hayan obtenido de
él un certificado de aptitud en el arte, y que las
tipografías, litografías, etc., se coloquen en
lugar público.
Por consiguiente, para obtener la autorización
solicitada por don Juan Bosco, director de la
institución denominada Oratorio de San Francisco
de Sales para una imprenta en aquel Instituto, es
necesario que la petición sea hecha por persona
que posea las cualidades establecidas por la
citada ley y que el local, donde se pretenda
(**Es7.60**))
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