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((**Es7.60**) -Ya veréis, tendremos una imprenta, dos imprentas, diez imprentas. íYa veréis! Parecía que estuviera contemplando las de Sampierdarena, Niza, Barcelona, Marsella, Buenos Aires, Montevideo y otras ciudades. Mientras tanto redactaba la siguiente instancia al Gobernador de la provincia de Turín. ((**It7.57**)) Ilustrísimo Señor: El sacerdote Juan Bosco, Director del Oratorio de San Francisco de Sales, expone respetuosamente a Vuestra Señoría que, habiendo aumentado el número de muchachos internos de esta casa, interesaría enseñar alguna otra profesión más de las que ya funcionan de carpintero, sastre, zapatero y encuadernador de libros. Parece que resultaría de provechosa utilidad instalar una pequeña imprenta. A tal fin, recurre a V.S. Ilma. pidiendo ser autorizado: 1.° Para montar en esta casa una imprenta con el nombre de Tipografía del Oratorio de San Francisco de Sales. 2.° Considerando la finalidad de esta pequeña tipografía, exclusivamente benéfica, y la escasez de medios y de trabajos a los que se debe restringir, permita que se abra en la casa del Director del mismo Oratorio. 3.° Antes de comenzar los trabajos tipográficos, el solicitante se compromete a contar con una persona del oficio que pueda garantizar los trabajos que deberán realizarse. Puesto que esta pequeña imprenta tiende a dar ocupación y beneficiar a los jóvenes más pobres y más abandonados de la sociedad, el firmante, confiado en su reconocida bondad, espera que su petición será acogida benigna y favorablemente mientras con la mayor estima tiene el honor de profesarse de V.S. Ilma. Turín, 26 de octubre de 1861. Seguro servidor JUAN BOSCO, Pbro. El Gobernador, encargaba contestarle así: División VI, N.° 2725 Turín, 29 de octubre 1861. En nombre de la ley del 13 de noviembre de 1859 no puede concederse permiso para instalaciones de imprentas, litografías, etc., más que a aquellas personas que, además de las condiciones prescritas por los artículos ciento veintiocho y ciento veintinueve de dicha ley, hayan realizado tres años de prácticas junto a un tipógrafo, litógrafo, etc., aprobado por el Gobierno y hayan obtenido de él un certificado de aptitud en el arte, y que las tipografías, litografías, etc., se coloquen en lugar público. Por consiguiente, para obtener la autorización solicitada por don Juan Bosco, director de la institución denominada Oratorio de San Francisco de Sales para una imprenta en aquel Instituto, es necesario que la petición sea hecha por persona que posea las cualidades establecidas por la citada ley y que el local, donde se pretenda (**Es7.60**))
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