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procuraré afectuosamente recibir a los muchachos
abandonados y especialmente a los que de cualquier
modo quiera él recomendar.
Acepte en fin, en estos días de felicitaciones,
mis deseos de todo bien del cielo, mientras me
profeso con todo mi aprecio.
De V.S. Ilma.
Turín, 22 de diciembre, 1863.
Su
seguro servidor
JUAN
BOSCO, Pbro.
((**It7.578**)) Como
aclaración de esta carta, recordaremos que,
próxima al
Oratorio y por medio del maestro Santiago
Miglietti, había abierto una pequeña residencia,
para la que había buscado el apoyo, o mejor la
cooperación del Ministro de Gobernación. En ella
se hospedaban unos treinta muchachos que, sobre
todo por la edad, no reunían las condiciones
necesarias para ingresar en el Oratorio.
El Ministro por su parte, no tardaba en
responderle.
MINISTERIO DE GOBERNACION
Div. 6.¦, Sec. 2.¦, N. ° 8856.
Turín,
31 de diciembre, 1863.
Con la intención de satisfacer todos los
compromisos asumidos por este Ministerio durante
el pasado año y dejados hasta ahora sin
cumplimiento, he dispuesto, por decreto fechado al
día de hoy, que se pague a esa Institución, con
cargo a la Tesorería de esta ciudad, la cantidad
de seiscientas treinta y una liras.
Con la entrega de esta cantidad se compensa a
Vuestra Señoría por el alojamiento que se ha
dignado prestar al joven Carlos Enrique Malabaila,
mediante la retribución de ciento cincuenta liras,
y queda saldada con creces la promesa que se le
hizo de contribuir en parte al pago de la pensión
del joven Pivetta, cuya madre está en deuda con
ese piadoso centro.
La concesión de la indicada cantidad está
también destinada a pagar la deuda al maestro
Miglietti, por la pensión de los muchachos Rissoli
y Durazzo, de acuerdo con la cuenta presentada en
la nota del 26 del mes que termina, aunque no
pueda decirse que el Ministerio tuviese con este
último una obligación positiva, ya que, sólo de un
modo indirecto, intervino para su admisión, cuyos
gastos debería haber cubierto el Alcalde de Turín,
que se interesa por él.
Queda así atendida la instancia dirigida por
Vuestra Señoría el 22 del pasado diciembre,
respecto a la cual conviene además manifestar que,
al recomendar el ingreso del joven José Grassero,
el Ministerio había declarado que los bienhechores
particulares pagarían por tal ingreso la suma de
ciento cincuenta liras a favor del Pío Instituto.
En el caso, por tanto, que no se haya verificado
dicho pago, tenga la bondad de dirigirse al
Ministerio, que no dejará de cumplir las
formalidades pertinentes, con quien corresponda, a
fin de recibir la prestación de la subvención
prometida.
Por el
Ministro
S.
SPAVENTA
(**Es7.491**))
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