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((**Es7.491**) procuraré afectuosamente recibir a los muchachos abandonados y especialmente a los que de cualquier modo quiera él recomendar. Acepte en fin, en estos días de felicitaciones, mis deseos de todo bien del cielo, mientras me profeso con todo mi aprecio. De V.S. Ilma. Turín, 22 de diciembre, 1863. Su seguro servidor JUAN BOSCO, Pbro. ((**It7.578**)) Como aclaración de esta carta, recordaremos que, próxima al Oratorio y por medio del maestro Santiago Miglietti, había abierto una pequeña residencia, para la que había buscado el apoyo, o mejor la cooperación del Ministro de Gobernación. En ella se hospedaban unos treinta muchachos que, sobre todo por la edad, no reunían las condiciones necesarias para ingresar en el Oratorio. El Ministro por su parte, no tardaba en responderle. MINISTERIO DE GOBERNACION Div. 6.¦, Sec. 2.¦, N. ° 8856. Turín, 31 de diciembre, 1863. Con la intención de satisfacer todos los compromisos asumidos por este Ministerio durante el pasado año y dejados hasta ahora sin cumplimiento, he dispuesto, por decreto fechado al día de hoy, que se pague a esa Institución, con cargo a la Tesorería de esta ciudad, la cantidad de seiscientas treinta y una liras. Con la entrega de esta cantidad se compensa a Vuestra Señoría por el alojamiento que se ha dignado prestar al joven Carlos Enrique Malabaila, mediante la retribución de ciento cincuenta liras, y queda saldada con creces la promesa que se le hizo de contribuir en parte al pago de la pensión del joven Pivetta, cuya madre está en deuda con ese piadoso centro. La concesión de la indicada cantidad está también destinada a pagar la deuda al maestro Miglietti, por la pensión de los muchachos Rissoli y Durazzo, de acuerdo con la cuenta presentada en la nota del 26 del mes que termina, aunque no pueda decirse que el Ministerio tuviese con este último una obligación positiva, ya que, sólo de un modo indirecto, intervino para su admisión, cuyos gastos debería haber cubierto el Alcalde de Turín, que se interesa por él. Queda así atendida la instancia dirigida por Vuestra Señoría el 22 del pasado diciembre, respecto a la cual conviene además manifestar que, al recomendar el ingreso del joven José Grassero, el Ministerio había declarado que los bienhechores particulares pagarían por tal ingreso la suma de ciento cincuenta liras a favor del Pío Instituto. En el caso, por tanto, que no se haya verificado dicho pago, tenga la bondad de dirigirse al Ministerio, que no dejará de cumplir las formalidades pertinentes, con quien corresponda, a fin de recibir la prestación de la subvención prometida. Por el Ministro S. SPAVENTA (**Es7.491**))
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