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A la salida tan inesperada, respondió don Bosco
entre burlas y veras:
-Si he de decir la verdad, Excelencia, yo no
echo cuenta de morir tan pronto, y por eso pensé
en agenciarme algún ayudante para el momento, pero
no tengo todavía el modo de continuar la obra de
los Oratorios después de mi muerte. Mas, ya que
V.E. me habla de ello, quisiera a mi vez
preguntarle, >>qué partido, según su parecer,
podría yo seguir, para asegurar la supervivencia
de esta institución?
-A mi juicio, respondió Rattazzi, puesto que no
es del parecer de hacer aprobar su Oratorio como
una Obra Pía, debería usted elegir algunos
seglares y eclesiásticos de su confianza y formar
con ellos una especie de Sociedad dentro de
ciertas normas, empaparlos de su espíritu,
amaestrarlos en su sistema, para que fueran no
sólo ayudantes, sino continuadores de la obra
después de su muerte.
Ante aquella sugerencia asomó a los labios de
don Bosco una leve sonrisa. El Ministro había
decretado la primera ley de supresión de las
Congregaciones religiosas, que existían desde
hacía siglos en los Estados Sardos; así que le
pareció a don Bosco algo extraño oír ahora a aquel
mismo hombre aconsejándole la fundación de una
nueva. Por lo que agregó:
->>Y le parece a V.E. que es posible fundar una
Sociedad semejante en estos tiempos? >>Y que puede
ser duradera sin que sus socios estén unidos por
un vínculo religioso?
-Un vínculo es necesario, estoy de acuerdo con
ello; pero ha de ser de tal naturaleza, que su
bienes no pertenezcan a la comunidad como a un
ente moral.
((**It5.698**)) -Pero
hace dos años el Gobierno suprimió varias
comunidades religiosas, y tal vez se está
preparando para extinguir las que quedan: >>y va a
permitir que se funde otra con características
semejantes a aquéllas?
-Conozco la ley de supresión, continuó
Rattazzi, y sé cuál es su fin. No es para usted
ningún obstáculo, con tal de que V.S. establezca
una Sociedad de acuerdo con las exigencias de los
tiempos y conforme con la legislación vigente.
->>Y cómo sería eso?
-Sería una Sociedad sin el carácter de manos
muertas,1 sino con el de manos vivas; una Sociedad
en la que cada socio, conserve sus derechos
civiles, se sujete a las leyes del Estado, pague
los impuestos,
1 Manos muertas: Poseedores de una finca, en
quienes se perpetúa el dominio por no poder
enajenarla, como son las comunidades. (N. del T.)
(**Es5.496**))
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