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pués de haberle impugnado el poder legislativo,
ejecutivo y judicial, pretendían negarle el
derecho de poseer bienes propios y toda soberanía
territorial. Mas procedían con mucha astucia para
alcanzar, poco a poco, totalmente sus designios.
Algunos consejos provinciales, inspirados por
ellos, ya habían aprobado la incautación de los
bienes eclesiásticos; pero el Gobierno, el año
1852, se declaró solemnemente opuesto a semejante
consfiscación. Pero, a partir de aquel momento,
comenzaron a sucederse peticiones para este fin, y
una Junta nombrada para ello presentó a las
Cámaras la petición de cien consejos Comunales,
treinta y dos consejos delegados y 20.213
ciudadanos, que demandaban la incautación de los
bienes eclesiásticos, la reducción de los
obispados, la supresión de los conventos y la
abolición de la exención del servicio militar a
los clérigos. Aquella Junta se declaraba favorable
a tales demandas; y hacía notar que los bienes de
la Iglesia, comprendidos los de los beneficios
simples, de las cofradías, de los legados y de las
obras pías, ((**It5.172**))
ascendían a quince millones de renta, con un
capital de casi trescientos ochenta millones; y
que esta suma procuraría un gran alivio a las
finanzas del Estado.
Contra estas intrigas publicaron los obispos
muy útiles instrucciones, demostrando que tal
confiscación era una gravísima injusticia y un
verdadero sacrilegio. La misma ley fundamental del
Estado reconocía a la Iglesia el derecho de
propiedad. El artículo 2.° decía: <>. Y el
artículo 25 añadía: <>.1.
Declaraba, además, que el Estatuto garantizaba la
libertad individual, el domicilio inviolable e
inviolables también las propiedades, sin ninguna
excepción.
Pero todas estas razones fueron bien presto
olvidadas. Los conventos quitados a los
religiosos, so pretexto del cólera, no eran
devueltos. Mil indicios hacían prever que era
inminente la ley de desamortización, y los
católicos piamonteses vivían momentos de grave
tensión.
Entre tanto, don Bosco se sentía inspirado y se
lanzaba a impedir nuevos atentados contra la
Iglesia. Vamos a exponer un hecho memorable,
1 Código Albertino, título preliminar.
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