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CAPITULO I
La admisión
Para admitir a un joven, deberá reunir las
siguientes condiciones:
1. Tener doce años cumplidos y no sobrepasar
los dieciocho. La experiencia enseña que
ordinariamente la juventud, antes de los doce
años, no es capaz de realizar ningún gran bien, ni
tampoco ningún gran mal, y que, pasados los
dieciocho, resulta bastante difícil cambiar las
costumbres adquiridas para uniformarse a un nuevo
reglamento de vida.
2. Ser huérfano de padre y madre y totalmente
pobre y abandonado. Si tiene hermanos o tíos que
puedan cuidarse de su educación, está fuera del
fin de nuestra Casa.
3. No tener ninguna enfermedad repugnante, o
contagiosa, como son la sarna, la tiña, la
escrófula y otras semejantes.
4. Que frecuente alguno de los Oratorios de la
ciudad, porque esta Casa está destinada a ayudar a
los hijos de los Oratorios, y la experiencia ha
dado a conocer que es de la máxima importancia
conocer algo de la índole de los jovencitos, antes
de aceptarlos.
5. Todos, al entrar, deberán presentar un
certificado del propio párroco sobre la edad y su
estado de salud; de vacunación o de haber pasado
la viruela, y de estar libre de enfermedades
repugnantes o contagiosas, y de deformidades que
le inutilicen para el trabajo. La falta del
certificado de salud, puede ser suplida por la
visita del médico.
6. Si el solicitante es propietario de algo, lo
llevará a la Casa y se empleará en su favor,
porque no es conveniente que viva de la caridad el
que no se encuentra en absoluta necesidad. Las
personas a las que todos deberán estar sujetos y
que son consideradas, en sus respectivas
incumbencias, como superiores de la Casa son: 1.
El director; 2. El prefecto; 3. El catequista; 4.
El asistente; 5. El protector; 6. El jefe de
dormitorio; 7. Las personas de servicio.
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