((**Es4.230**)
Era todo un maestro en sus consejos, a fin de que
estudiaran provechosamente la gramática latina. Da
testimonio de ello el profesor don Francisco
Cerruti. Les decía don Bosco y particularmente a
Miguel Rúa: ->>Quieres aprender bien el latín?
Traduce primero al italiano un párrafo de un autor
clásico; después, sin volver a mirar el texto,
vierte al latín tu traducción y, por último,
compara tu composición latina con el texto. Con
este ejercicio, hecho cada día durante un mes, te
aseguro que comprenderás muchísimas dificultades
sin necesidad de diccionario.
A la par que colocaba a los estudiantes en la
escuela, don Bosco atendía con el mismo cuidado al
aprovechamiento en el oficio de sus artesanos, que
enviaba desde el Oratorio a los talleres de Turín
para aprender y trabajar. A fin de que no sufriese
ningún perjuicio su conducta, educación e
instrucción, siempre vigilante, no solamente
seguía yendo diversas veces a visitarlos, sino que
llegaba a firmar con los patronos contratos
especiales que quería fueran rigurosamente
observados. En prenda del hecho, copiamos aquí
algunos, que nos dan una idea de aquellos tiempos
y nos ahorran útiles observaciones.
((**It4.295**))
Contratos de trabajo
En virtud del presente contrato, con
posibilidad de ser presentado ante el juez
competente por cuaquiera de las partes, extendido
en la Casa del Oratorio de San Francisco de Sales,
entre el Señor Carlos Aimino y el joven José
Bordone, alumno de dicho Oratorio, asistido por su
fiador señor Víctor Ritner, se convine lo
siguiente:
1.° El señor Carlos Aimino recibe como aprendiz
en su arte de vidriero al joven José Bordone,
natural de Biella, promete y se obliga a enseñarle
dicha arte, en el espacio de tres años, que
terminarán el primero de diciembre de mil
ochocientos cincuenta y cuatro, y a darle durante
el curso de su aprendizaje las instrucciones
necesarias y las mejores reglas referentes a su
arte, juntamente con los oportunos avisos respecto
a su buena conducta, y a corregirle, cuando fuere
necesario, con palabras y no de otro modo; y se
obliga también a tenerle ocupado constantemente en
los trabajos referentes a su arte y no en los
ajenos a ella, con cuidado de que no sobrepase sus
fuerzas.
2.° El mismo maestro deberá dejar por entero
libres todos los días festivos del año al
aprendiz, a fin de que pueda en los mismos acudir
a las sagradas funciones, a la escuela dominical y
a otros deberes, como alumno de dicho Oratorio.
Si el aprendiz, por enfermedad (u otro legítimo
motivo) se ausentase
(**Es4.230**))
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