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((**Es4.230**) Era todo un maestro en sus consejos, a fin de que estudiaran provechosamente la gramática latina. Da testimonio de ello el profesor don Francisco Cerruti. Les decía don Bosco y particularmente a Miguel Rúa: ->>Quieres aprender bien el latín? Traduce primero al italiano un párrafo de un autor clásico; después, sin volver a mirar el texto, vierte al latín tu traducción y, por último, compara tu composición latina con el texto. Con este ejercicio, hecho cada día durante un mes, te aseguro que comprenderás muchísimas dificultades sin necesidad de diccionario. A la par que colocaba a los estudiantes en la escuela, don Bosco atendía con el mismo cuidado al aprovechamiento en el oficio de sus artesanos, que enviaba desde el Oratorio a los talleres de Turín para aprender y trabajar. A fin de que no sufriese ningún perjuicio su conducta, educación e instrucción, siempre vigilante, no solamente seguía yendo diversas veces a visitarlos, sino que llegaba a firmar con los patronos contratos especiales que quería fueran rigurosamente observados. En prenda del hecho, copiamos aquí algunos, que nos dan una idea de aquellos tiempos y nos ahorran útiles observaciones. ((**It4.295**)) Contratos de trabajo En virtud del presente contrato, con posibilidad de ser presentado ante el juez competente por cuaquiera de las partes, extendido en la Casa del Oratorio de San Francisco de Sales, entre el Señor Carlos Aimino y el joven José Bordone, alumno de dicho Oratorio, asistido por su fiador señor Víctor Ritner, se convine lo siguiente: 1.° El señor Carlos Aimino recibe como aprendiz en su arte de vidriero al joven José Bordone, natural de Biella, promete y se obliga a enseñarle dicha arte, en el espacio de tres años, que terminarán el primero de diciembre de mil ochocientos cincuenta y cuatro, y a darle durante el curso de su aprendizaje las instrucciones necesarias y las mejores reglas referentes a su arte, juntamente con los oportunos avisos respecto a su buena conducta, y a corregirle, cuando fuere necesario, con palabras y no de otro modo; y se obliga también a tenerle ocupado constantemente en los trabajos referentes a su arte y no en los ajenos a ella, con cuidado de que no sobrepase sus fuerzas. 2.° El mismo maestro deberá dejar por entero libres todos los días festivos del año al aprendiz, a fin de que pueda en los mismos acudir a las sagradas funciones, a la escuela dominical y a otros deberes, como alumno de dicho Oratorio. Si el aprendiz, por enfermedad (u otro legítimo motivo) se ausentase (**Es4.230**))
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