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lo que se lee en el libro de los Proverbios:
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1 Proverbios, 4, 1.
CAPITULO I. El Director.-1. El Director, como
superior principal, es el responsable de todo lo
que sucede en el Oratorio.-2. Debe preceder a los
demás encargados en piedad, caridad y paciencia,
mostrarse constantemente amigo, compañero, hermano
de todos; y, por tanto, estimular a cada uno en el
cumplimiento de sus propios deberes en forma de
ruego, nunca como severo mandato.-3. Al nombrar a
alguno para desempeñar un cargo, que pedirá el
parecer a los otros encargados, y, si son
sacerdotes, consultará al Superior Eclesiástico (o
al Párroco de la parroquia en la que esté
funcionando el Oratorio, a no ser que sean
notoriamente conocidos, y se presuponga que nadie
se opondrá).-4. Una vez al mes reunirá a sus
encargados para oír y proponer cuanto juzgue cada
uno ventajoso para los alumnos.-5. Es incumbencia
del Director avisar y vigilar para que todos
cumplan sus respectivos cargos, corregir y aún
remover de sus puestos a los encargados, cuando
fuese necesario.-6. Oye las confesiones de los que
acuden a él; al terminar las confesiones el
Director u otro sacerdote celebrará la santa misa,
a la que seguirá la explicación del evangelio (con
la exposición de un hecho sacado de la Historia
Sagrada o de la Historia Eclesiástica).-7. El debe
ser
como el padre en medio de sus hijos, e
industriarse de todas las maneras posibles, para
insinuar en el corazón de los muchachos el amor de
Dios, el respeto a las cosas sagradas, la
frecuencia de los sacramentos, una filial devoción
a María Santísima y todo lo que constituye la
verdadera piedad.
CAPITULO II. El Prefecto.-1. El Prefecto debe
ser sacerdote y hará las veces del Director,
siempre que sea necesario.-2. Recibirá las órdenes
del Director y las comunicará a todos los demás
encargados; ((**It3.99**)) cuidará
de que las clases de Religión estén provistas a
tiempo de su respectivo catequista y vigilará para
que, durante el catecismo, no haya desorden o
alboroto en las clases.-3. En ausencia de un
encargado, debe procurar enseguida quien lo
supla.-4. Debe procurar que los cantores estén
ensayados para las antífonas, salmos e himnos que
se deban cantar.-5. El Prefecto hará también de
Director Espiritual en los pueblos donde escaseen
los sacerdotes). El es confesor ordinario de los
muchachos, dirá la misa, dará el catecismo, y si
es necesario, también la explicación desde el
púlpito.-6. Al Prefecto están además confiadas las
escuelas (diurnas), nocturnas y dominicales.
CAPITULO III. El Catequista o Director
Espiritual.-1. Compete al Director Espiritual
asistir y dirigir las funciones sagradas; por lo
tanto debe ser sacerdote, y, si en alguna ocasión
no pudiere actuar directamente, entiéndase con el
Prefecto para buscar quien lo supla en el
desempeño de sus cargos.-2. (Por la mañana, a la
hora establecida, iniciará o asistirá a los
Maitines de la Virgen María; terminado el canto
del Te Deum, irá a revestirse para celebrar la
misa de la comunidad).-3. Explicará el Catecismo
en el coro a los mayores, asistirá a las Vísperas
y dispondrá cuanto precise para la
Bendición(**Es3.85**))
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