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CAPITULO XXIX
EL ESTATUTO - EMANCIPACION DE LOS JUDIOS - SEGUNDA
EDICION DE LA HISTORIA ECLESIASTICA - SU PRUDENCIA
AL REFUTAR A LOS PROTESTANTES Y A OTROS ENEMIGOS
DE LA IGLESIA - JUICIOSA ADMONICION - SILVIO
PELLICO Y EL DICCIONARIO
LAS sectas cosmopolitas mantenían los pactos
recíprocos e inmediatamente después de los
tumultos y destrozos de Francia y Sicilia
empezaban las revueltas y los cambios por todos
los estados de Alemania con incendios, saqueos y
choques entre el pueblo y las tropas. Por doquiera
se gritaba libertad. Judíos, socialistas,
republicanos, racionalistas, conmovían a la plebe,
y millares de estudiantes y trabajadores se
lanzaban a la revuelta. Las multitudes
desconcertadas, con gobiernos flojos e
irreligiosos, y engañadas por los sectarios que
les prometían la reivindicación de los derechos
que les habían sido arrebatados y con la esperanza
de los bienes ambicionados, estaban con ellos. Los
feroces motines de Viena arrancaban la
Constitución al emperador Fernando
I y el Rey de Prusia se veía obligado a concederla
a sus pueblos.
Mientras tanto en Roma, donde la revolución
había pasado de la hipocresía a las amenazas y a
la violencia, Pío IX no se encontró con fuerzas
para resistir y cedió. El día 14 de marzo otorgaba
la Constitución, dejando a salvo todos los
derechos de la Iglesia, sus leyes y la integridad
del poder temporal.
También Carlos Alberto firmaba el 4 de marzo el
nuevo Estatuto fundamental del Reino, que fue
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solemnemente promulgado desde uno de los balcones
del palacio real sobre la plaza Castillo. Las
luminarias, las ovaciones, los cantos populares,
las fiestas, duraron varios días en Turín y en
provincias. A los ochenta y cuatro artículos del
Estatuto precedía una afectuosa declaración:
<(**Es3.239**))
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