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estado y obtener su protección durante la vida y a
la hora de la muerte.
2. La aprobación del Arzobispo de Turín debe
animarnos a inscribirnos en dicha Compañía.
3. Para tranquilidad de todos se hace constar
que el Reglamento de la Compañía de San Luis no
obliga bajo pena de pecado, ni siquiera venial;
así que quien faltare a una de sus reglas, se
priva de un bien espiritual, pero no comete ningún
pecado. La promesa que se hace en el altar de San
Luis no es ningún voto; ahora bien, el que no
tuviere voluntad de cumplirla, mejor es que no se
inscriba.
4. La Compañía está dirigida por un sacerdote,
con el título de Director Espiritual, y por un
Prioste, que no debe ser sacerdote.
5. El Director Espiritual es nombrado por el
Superior del Oratorio. Está encargado de vigilar
que todos los congregantes observen el Reglamento.
El acepta a los que juzga dignos; guarda el
registro de los socios actuales y de los difuntos,
y visita a los enfermos de la Sociedad de Socorros
Mutuos. No está limitada la duración de su cargo.
6. El Prioste es elegido por mayoría de votos
de todos los socios de la Compañía reunidos. Su
cargo dura un año y puede ser reelegido. El día
fijado para la elección del Prioste es la noche de
Pascua.
7. El cargo de Prioste no comporta ninguna
obligación pecuniaria. Si hace algún donativo con
ocasión de la fiesta de San Luis, de San Francisco
de Sales o en otra circunstancia, es a título de
limosna. Es obligación suya vigilar en el coro y
procurar que el canto se ejecute bien y que las
solemnidades se celebren con dignidad. ((**It3.219**))
8. Está encomendada al Prioste la parte
disciplinar del Reglamento del Oratorio, ayudado
por el Vice, elegido también por mayoría de votos
en la domínica in albis>>.
Los jóvenes del Oratorio recibieron
entusiasmados la noticia de esta Compañía, que
ellos denominaron de los hermanos de San Luis, y
se encendió en todos un deseo vívisimo de
inscribirse. Mas, para no repetir el dicho del
Profeta: multiplicasti gentem et non magnificasti
laetitiam (multiplicaste el número y no aumentaste
la alegría) y, además, con el fin de dejar en cada
uno un poderoso estímulo para reformar su
conducta, puso don Bosco dos condiciones para la
aceptación. Era la primera que el
aspirante hiciese un mes de prueba, practicando el
Reglamento y siendo de buen ejemplo en la iglesia
y fuera de ella; la segunda, que huyera de las
malas conversaciones y frecuentara los santos
sacramentos. Estas disposiciones
(**Es3.177**))
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