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CAPITULO XII
EL <> Y LOS CONSISTORIOS
LO que más arriba hemos expuesto brevemente, costó
indagaciones sin fin. íCuántos estudios, cuántos
sacrificios, cuántos gastos, no sólo para alcanzar
la verdad, sino también la certeza de la verdad
bajo todo punto de vista!
Cuando se aprobaron los dos milagros, pareció
que todo había terminado; en cambio todavía serían
llamados los Cardenales y Consultores a dar su
voto, sobre si, después de la aprobación de los
milagros, se podía realmente y con seguridad
(tuto) proceder a la solemne canonización. En caso
afirmativo, se promulgaría el decreto del Tuto, de
manera análoga a la ya referida para la
beatificación.
Hubo, por tanto, que redactar todavía e
imprimir una breve Positio, que contuviese cuatro
cosas: una súplica al Papa con los elogios del
Beato, el decreto del Tuto para la beatificación,
el de los milagros para la canonización y un
prolijo y razonado juicio del Promotor General de
la Fe. La finalidad de esta posición es la de
iluminar sumaria y definitivamente la conciencia
de los votantes. El Abogado del diablo, en su
amplia exposición, después de recordar los muchos
que suspiraban por la canonización de don Bosco,
manifestaba ((**It19.240**))
también su sentimiento personal diciendo: <>.
La Congregación del Tuto se reunió el 28 de
noviembre de 1933 en presencia del Pontífice.
Todos los que tenían derecho a ello dieron su voto
a favor. Entonces el Papa autorizó la redacción
del decreto y fijó la fecha de su lectura para el
tres de diciembre, primer domingo de Adviento y
fiesta de San Francisco Javier.
Con razón hemos recordado la segunda
circunstancia. En la fiesta del gran hijo de San
Ignacio, tres de sus hermanos debían hacer corona
(**Es19.202**))
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