((**Es18.254**)
recogida, presentada y discutida por el relator 1,
que la rebatió a la par de las demás. Reproducimos
su razonamiento:
<((**It18.288**)) <>.
Descartadas, pues, las cinco opiniones, el
relator expuso su opinión en los siguientes
términos: <>. Esta
opinión se apoyaba en los siguientes puntos: 1.°
Más facilidad de entendimiento para conservar la
unidad de dirección. 2.° Posibilidad de mutua
ayuda, al depender de dos, en la actuación de la
dirección, sin perjuicio del propio cargo con los
Salesianos. 3.° Al ser superiores los dos tendrían
más peso las propias disposiciones, mayor
autoridad y respeto y, al mismo
1 Las otras cuatro eran: 1.¦ Confiar la
dirección de las Hermanas a uno de los tres
Consejeros del Capítulo Superior de los
Salesianos. 2.¦ Confiarla al Director local de la
casa de Nizza. 3.¦ Siempre bajo la dependencia del
Rector Mayor y de su Vicario, que fuese ejercida
la dirección general por el Capítulo Superior
Salesiano, esto es, por cada miembro del Capítulo
en lo referente a la parte que correspondía a cada
uno para con los Salesianos. 4.¦ Que fuera el
Catequista general quien llevara esta dirección.
(**Es18.254**))
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