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((**Es18.254**) recogida, presentada y discutida por el relator 1, que la rebatió a la par de las demás. Reproducimos su razonamiento: <((**It18.288**)) <>. Descartadas, pues, las cinco opiniones, el relator expuso su opinión en los siguientes términos: <>. Esta opinión se apoyaba en los siguientes puntos: 1.° Más facilidad de entendimiento para conservar la unidad de dirección. 2.° Posibilidad de mutua ayuda, al depender de dos, en la actuación de la dirección, sin perjuicio del propio cargo con los Salesianos. 3.° Al ser superiores los dos tendrían más peso las propias disposiciones, mayor autoridad y respeto y, al mismo 1 Las otras cuatro eran: 1.¦ Confiar la dirección de las Hermanas a uno de los tres Consejeros del Capítulo Superior de los Salesianos. 2.¦ Confiarla al Director local de la casa de Nizza. 3.¦ Siempre bajo la dependencia del Rector Mayor y de su Vicario, que fuese ejercida la dirección general por el Capítulo Superior Salesiano, esto es, por cada miembro del Capítulo en lo referente a la parte que correspondía a cada uno para con los Salesianos. 4.¦ Que fuera el Catequista general quien llevara esta dirección. (**Es18.254**))
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