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((**Es18.167**) escritas sobre la dirección intelectual, técnica y religiosa de nuestras Escuelas profesionales. Era el fruto de una experiencia de treinta años 1. El día cinco de septiembre, que era domingo, solamente se celebró la sesión de la tarde, en la que el Capítulo determinó la manera de cumplir los decretos sobre la aceptación de los adscritos y el método que debería seguirse para admitir a los votos. -Con estos decretos, dijo don Bosco, Pío IX quiso sobre todo dar a las órdenes religiosas una arma para rechazar a los que piden entrar en religión y no son dignos de ello. Esa es también la razón por la que esta disposición quedó restringida solamente a Italia. Tal es el espíritu de los decretos. Digamos algo sobre el origen y la naturaleza de estos decretos. Pío IX, un año después de su subida a la cátedra de Pedro, el diecisiete de junio de 1847, envió a los Superiores generales, Abades, Provinciales y otros Superiores regulares la Encíclica Ubi primum arcano, ((**It18.185**)) en la cual declaraba que, apenas elegido para el pontificado, había concebido el proyecto de defender, robustecer y embellecer las ordenes religiosas. Después les prometía que quería interesarse especialmente para que <>. Añadía, por fin, que, para promover y sostener tal reforma, había constituido la Congregación de statu regularium (sobre el estado de los regulares) y estimulaba a los Superiores religiosos a que vigilaran atentamente a sus súbditos y a que se mantuvieran siempre de acuerdo entre ellos y con los Obispos y el clero secular, para contribuir todos, viribus unitis (unidas las fuerzas), a la edificación del cuerpo de Cristo, esto es, de la santa Iglesia. Para completar la obra de la reforma publicó después, el día 25 de enero de 1848, por medio de dicha Congregación, el decreto Regulari disciplinae instaurandae, en el que se impartían saludables prescripciones sobre la admisión de los novicios a la toma de hábito y a la profesión religiosa. De acuerdo con la ordenanza pontificia, se debía elegir una Comisión ejecutora general y siete examinadores provinciales. Procedióse a la elección y resultaron elegidos para la primera los miembros y el secretario del Capítulo Superior y para examinadores provinciales don Juan Bautista Francesia, don Juan Marenco, don Eugenio Bianchi, 1 Ap., Doc. núm. 39. (**Es18.167**))
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