((**Es17.236**)
De este modo, queda a salvo la conciencia y se
pone término a negocios que, de ordinario, son muy
largos y costosos y en los que difícilmente se
mantiene la paz del corazón y la caridad
cristiana.
Por el bien de cada socio y de toda nuestra
Congregación, no se mezcle ninguno con dineros,
empleos o recomendaciones que tengan relación con
parientes o amigos.
Si se presentan graves motivos, por los que
alguien deba ocuparse de semejantes asuntos, hable
de ello con su Superior y aténgase estrictamente a
su parecer.Obsérvese sin alteración la norma de no
firmar nunca letras de cambio, ni salir fiadores
de pagos ajenos. La experiencia nos dio a conocer
que siempre nos produjo daño y disgusto.
Si se puede, hágase algún servicio, dése
también algún subsidio, pero dentro de los límites
que aconseje y permita el Superior respectivo.
PARA LAS HERMANAS DE MARIA
AUXILIADORA
Los Salesianos deben observar fielmente con las
Hijas o Hermanas de María Auxiliadora lo que ha
sido establecido en las deliberaciones
capitulares.
No hay que parar mientes en trabajos, gastos,
ni molestias de ningún género a fin de regular
nuestras relaciones con la Iglesia y nuestras
mismas constituciones lo han establecido.
Para tratar asuntos materiales, no estén nunca
solos los religiosos y las religiosas, sino que
procuren estar siempre asistidos, o estén por lo
menos a la vista de otros. Numquam solus cum sola
loquatur.
Para ingresar en el Instituto de María
Auxiliadora evítese recibir a quien no goce de
buena salud y no dé fundada esperanza de verdadera
obediencia.
Téngase presente que las virtudes no adquiridas
durante el tiempo del noviciado, de ordinario, ya
no se adquieren.
Ninguna Hermana conserve después de la
profesión religiosa bienes inmuebles, ni para sí
ni para la comunidad religiosa a que pertenecen.
Se hará excepción de las posesiones necesarias
para fundar casas de educación o sanatorios para
conservar la salud.
Ni de veras ni de burlas, ni por otras razones
o pretextos se digan palabras, que sirvan para
mover a risa o despertar estimación y benevolencia
de personas del otro sexo. Léanse y compréndase
bien estas palabras y dense de ellas repetidas
explicaciones.
La Superiora General, las Directoras de las
casas no permitan familiaridad alguna con personas
seglares de cualquier género.
((**It17.270**)) Cuando
haya verdadera necesidad intervenga una asistenta
y obsérvense las prescripciones de las reglas
respectivas.
No guarde consigo la Superiora ninguna cantidad
de dinero si no es para determinados asuntos y
solamente el tiempo necesario para los asuntos a
resolver.
Lo que se dice de la Superiora General debe
decirse de todas las Directoras de las demás
casas.
En estas y otras cosas semejantes, aténganse
todas sin resistencia a los consejos y órdenes del
Superior mayor.
Nunca se hagan construcciones, sin ponerse de
acuerdo previamente con el mismo.
1.° Cuando hay que tratar asuntos de cierta
importancia en el Capítulo Superior o
(**Es17.236**))
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