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((**Es15.732**) estudien Retórica; cuidaré cuanto se pueda su vocación eclesiástica. Concluido el curso, le daré cuenta de cada uno y haremos lo que V. E. juzgue mejor en el Señor. Uno de ellos ha escrito una carta a un compañero que le pedía le hicieran un hueco entre nosotros; pero le he obligado a escribir que cualquier petición debe pasar por manos del Ordinario. Si V. E. juzga que haya de obrarse de otra forma, me ceñiré a ella con mucho gusto. Pero deseo que ésta y todas nuestras casas estén a su plena disposición en todo cuanto puedan servirle, mas no ciertamente para ocasionarle disgustos. Le suplico rece por nosotros, y créame siempre, con profunda veneración y gratitud, como tengo el honor de profesarme De V. E. Rvma. Turín, 27 octubre 1878. Seguro y afmo. amigo JUAN BOSCO, Pbro. J Queridísimo y Rvmo. Monseñor: Me alegro de su buen viaje a Roma y le agradezco la solicitud que desplegó por nuestra Congregación. El Card. Ferrieri ha hecho bien en hablar con V. E. de nuestras cosas; así se entera de algo positivo. Respecto a la cuestión del Conde Cays, la cosa sucedió así. Faltaba un poco para concluir el año del Noviciado. Los autores de ((**It15.861**)) Derecho Canónico Bouie, Suárez Y Ferraris, dicen positivamente que el Superior de una Congregación de votos simples puede dispensar. Yo, para asegurarme, rogué a un Cardenal que preguntara al Santo Padre, el cual respondió que se procediera a la Profesión de quien hablamos. Se enteró el Arzobispo, escribió a Roma, de donde se prescribió una legitimación. Cedí ciegamente y, en octubre pasado, he solicitado la prescrita legitimación. No sé cómo no ha llegado aún a manos del Cardenal Prefecto. En cuanto a las denuncias que este Ordinario hace sobre el no pedir las cartas testimoniales, el Cardenal sabe que teníamos dispensa de Pío IX, aunque no nos habíamos servido de ella. Por lo que yo siempre he pedido que se me demuestre la admisión de un solo sacerdote o clérigo, sin que se hayan requerido antes tales documentos. No hubo nunca respuesta y se continuó enviando denuncias o lamentaciones. Se quiso, por parte del Arzobispo, aludir nominalmente a alguno, pero advertí enseguida el error, pues no se refería a la aceptación en la Congregación, sino a la admisión de seminaristas o sacerdotes recomendados para permanecer momentáneamente en esta casa, como fue el caso de varios clérigos y sacerdotes de la Diócesis de Vigevano. Si, por tanto, juzga V. E. con su prudencia, podría escribir: -Encargo cumplido. Legitimación solicitada expedida en octubre; ruego citar un solo admitido sin testimoniales. Se me nublan los ojos, no puedo escribir más. Dispense. Otra vez me serviré del Secretario. Bendiga y créame Turín, 1.° diciembre 1878. Afectísimo amígo, JUAN BOSCO, Pbro. (**Es15.732**))
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