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Urbano VIII, en la Bula de erección de la
Congregación de los Padres de la Misión, que
empieza Salvatoris Nostri (12 enero 1632),
estableció que ella pudiese participar de todos
los privilegios, exenciones, indultos que gozan
aliae quaecumque similes vel dissimiles
Congregationes. La misma concesión hicieron otros
Pontífices en favor de la Compañía de Jesús, de la
Congregación de la Madre de Dios, de los Píos
Operarios, de los Ministros de los Enfermos, del
Oratorio, de la Doctrina Cristiana, de los
Pasionistas, de los Redentoristas. La última que
yo sepa, a la que le han sido concedidos los
favores para la Comunicación es la de los Oblatos
de María, a los que León XII (12 septiembre 1826)
la concedió con los Redentoristas, y al Instituto
de la Caridad aprobado por Gregorio XVI en 1838.
((**It15.786**)) En la
aprobación de este Instituto, el Superior General
mostraba el vivo deseo de que le fueran concedidos
los Privilegios de los Regulares. A tal fin, le
fueron propuestas, entre otras, las siguientes
dudas en la Congregación General del 30 de
diciembre de 1839:
1.° Si convenía extender al Instituto de la
Caridad, los Privilegios de los Reguladores.
2.° Y si estos privilegios querían concederse
como a Pía Congregación o como a Congregación
Religiosa.
Eminentissimi Patres referente Eminentissimo
Castracane, rescripserunt:
Ad 1. Affirmative juxta modum: hoc est: Pro
exemptione a jurisdictione Ordinariorum quoad
visitationem Doomorum et Ecclesiarum: et quoad
disciplinam, et observantiam regularem; itemque
pro facultate expediendi suis subditis Litteras
Dimmissoriales ad Ordines Minores, et Sacros. Ad
2. Affirmative ad primam partem, negative ad
secundam. (V Collectanea edita cura Eminentissimi
Bizzarri, pág. 800-1).
A ejemplo de estas y otras Congregaciones
Eclesiásticas, agraciadas con la Comunicación de
los Privilegios, el humilde exponente Rector Mayor
de la Pía Sociedad Salesiana, deseoso de seguir el
camino ya trazado por tales hombres conocidos por
su virtud, santidad y experiencia, pide
respetuosamente que le sea concedida a la misma
esa Comunicación con la Congregación de los
Redentoristas o de los Oblatos de María o bien con
otra Congregación, cuyas Constituciones y
finalidad puedan decirse idénticas con las
Salesianas.
Motivos de esta Petición
Hay motivos especiales para hacer esta petición
en favor de la Congregación Salesiana, y son:
1.° Estando ésta totalmente falta de medios
materiales, necesita mucha indulgencia y muchas
ayudas espirituales, a fin de poder conseguir su
finalidad.
2.° Esta Congregación empezó y se fue
consolidando en tiempos borrascosos, en los que
todavía nos encontramos, y en los que se habría
querido se suprimiesen y destruyeran todas las
instituciones eclesiásticas; a pesar de ello ésta
pudo desarrollarse, abrir casas en diversas
diócesis y hasta en las Misiones extranjeras. En
medio de esta desgracia actual, de la diversidad
de países, de la gran distancia entre unos y
otros, los socios salesianos necesitan una forma
acabada de gobierno con Privilegios ya conocidos y
en general ya practicados por otras Pías
Congregaciones.
3.° La amargura de los tiempos hace que las
autoridades civiles vean con malos ojos el
frecuente recurso a la Santa Sede, como ya se ha
comprobado en casos dolorosos.
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