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((**Es15.670**) Urbano VIII, en la Bula de erección de la Congregación de los Padres de la Misión, que empieza Salvatoris Nostri (12 enero 1632), estableció que ella pudiese participar de todos los privilegios, exenciones, indultos que gozan aliae quaecumque similes vel dissimiles Congregationes. La misma concesión hicieron otros Pontífices en favor de la Compañía de Jesús, de la Congregación de la Madre de Dios, de los Píos Operarios, de los Ministros de los Enfermos, del Oratorio, de la Doctrina Cristiana, de los Pasionistas, de los Redentoristas. La última que yo sepa, a la que le han sido concedidos los favores para la Comunicación es la de los Oblatos de María, a los que León XII (12 septiembre 1826) la concedió con los Redentoristas, y al Instituto de la Caridad aprobado por Gregorio XVI en 1838. ((**It15.786**)) En la aprobación de este Instituto, el Superior General mostraba el vivo deseo de que le fueran concedidos los Privilegios de los Regulares. A tal fin, le fueron propuestas, entre otras, las siguientes dudas en la Congregación General del 30 de diciembre de 1839: 1.° Si convenía extender al Instituto de la Caridad, los Privilegios de los Reguladores. 2.° Y si estos privilegios querían concederse como a Pía Congregación o como a Congregación Religiosa. Eminentissimi Patres referente Eminentissimo Castracane, rescripserunt: Ad 1. Affirmative juxta modum: hoc est: Pro exemptione a jurisdictione Ordinariorum quoad visitationem Doomorum et Ecclesiarum: et quoad disciplinam, et observantiam regularem; itemque pro facultate expediendi suis subditis Litteras Dimmissoriales ad Ordines Minores, et Sacros. Ad 2. Affirmative ad primam partem, negative ad secundam. (V Collectanea edita cura Eminentissimi Bizzarri, pág. 800-1). A ejemplo de estas y otras Congregaciones Eclesiásticas, agraciadas con la Comunicación de los Privilegios, el humilde exponente Rector Mayor de la Pía Sociedad Salesiana, deseoso de seguir el camino ya trazado por tales hombres conocidos por su virtud, santidad y experiencia, pide respetuosamente que le sea concedida a la misma esa Comunicación con la Congregación de los Redentoristas o de los Oblatos de María o bien con otra Congregación, cuyas Constituciones y finalidad puedan decirse idénticas con las Salesianas. Motivos de esta Petición Hay motivos especiales para hacer esta petición en favor de la Congregación Salesiana, y son: 1.° Estando ésta totalmente falta de medios materiales, necesita mucha indulgencia y muchas ayudas espirituales, a fin de poder conseguir su finalidad. 2.° Esta Congregación empezó y se fue consolidando en tiempos borrascosos, en los que todavía nos encontramos, y en los que se habría querido se suprimiesen y destruyeran todas las instituciones eclesiásticas; a pesar de ello ésta pudo desarrollarse, abrir casas en diversas diócesis y hasta en las Misiones extranjeras. En medio de esta desgracia actual, de la diversidad de países, de la gran distancia entre unos y otros, los socios salesianos necesitan una forma acabada de gobierno con Privilegios ya conocidos y en general ya practicados por otras Pías Congregaciones. 3.° La amargura de los tiempos hace que las autoridades civiles vean con malos ojos el frecuente recurso a la Santa Sede, como ya se ha comprobado en casos dolorosos. (**Es15.670**))
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