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((**Es15.619**)le sea vedado por más tiempo, bajo pena de incurrir ipso facto en suspensión, al sacerdote Juan Bosco, y que no se publique nada ni a mano ni a imprenta en otra parte que no sea a discreción de la Santa Sede, incluso en defensa propia o de su Instituto. La Sagrada Congregación confía que todo esto, con la docilidad y destreza de que estás dotado, sea ejecutado cuanto antes por tu Autoridad, al tiempo que la hagas sabedora de los resultados. Entre tanto, proclamo los más vehementes sentimientos de mi alma hacia tu Autoridad, deseándote todo bien. Roma, 22 de diciembre de 1881. Como Hermano afectísimo, L. Card. NINA, Prefecto J. VERGA, Secretario 26 Carta de Monseñor Gastaldi al Cardenal Nina Eminentísimo Príncipe: He recibido la veneradísima carta de V. E. con fecha 22 de diciembre de 1881, y después de haberla leído y releído, después de haber reflexionado con calma y consultado con Dios, fuente de la justicia, experimento el deber de responder con ésta mía. Permitirá V. E. que le hable francamente y que mis palabras sean sometidas al juicio de cada uno de los Cardenales y Prelados que componen la Sagrada Congregación del Concilio. La veneradísima carta habla de la cuestión que me promovió ((**It15.724**)) ante esa Sagrada Congregación el sacerdote salesiano don Juan Bonetti, refiriéndose a la decisión tomada por los Eminentísimos Padres el día diecisiete del corriente mes de diciembre. Me dice primeramente esa carta que plugo a los Eminentísimos Cardenales se difiriese la solución de la causa y se me significase que la providencia por mí tomada con dicho sacerdote pareció demasiado rigurosa. Se desea, en consecuencia, que la controversia se componga ex bono et aequo utraque parte acquiescente et servato utriusque decore, antes de llegar a la sentencia. Pero esa carta me impone en segundo lugar la composición. Digo impone: Archiepiscopi autem esse debebit, statim atque humaniter excipere Sac. Ioannem Bosco et sacerdoti Ioanni Bonetti nulla interposita mora facultatem, de qua supra, concedere. Deinde, etc. Haec omnia, ea qua polles docilitate et dexteritate ab Amplitudine tua quantocius exequenda, etc. íY qué composición! En ella se fijan taxativamente el tiempo y el imperativo, la obediencia y toda la docilidad que poseo. Eminencia, >>qué diferencia hay entre la composición y una decisión definitiva de la Sagrada Congregación? Esta: una decisión nunca es mordaz para el que es condenado. La composición que se me impone me dice: humaniter excipere. Mientras tanto se prescribe a don Bosco que venga a mí, trayendo una petición escrita por don Juan Bonetti, el cual pida con reverentes palabras la rehabilitación para confesar en el Oratorio de Chieri, con el si quid contra voluntatem suam accidit (**Es15.619**))
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