((**Es15.619**)le sea
vedado por más tiempo, bajo pena de incurrir ipso
facto en suspensión, al sacerdote Juan Bosco, y
que no se publique nada ni a mano ni a imprenta en
otra parte que no sea a discreción de la Santa
Sede, incluso en defensa propia o de su Instituto.
La Sagrada Congregación confía que todo esto,
con la docilidad y destreza de que estás dotado,
sea ejecutado cuanto antes por tu Autoridad, al
tiempo que la hagas sabedora de los resultados.
Entre tanto, proclamo los más vehementes
sentimientos de mi alma hacia tu Autoridad,
deseándote todo bien.
Roma, 22 de diciembre de 1881.
Como Hermano afectísimo,
L. Card. NINA, Prefecto
J. VERGA, Secretario
26
Carta de Monseñor Gastaldi al
Cardenal Nina
Eminentísimo Príncipe:
He recibido la veneradísima carta de V. E. con
fecha 22 de diciembre de 1881, y después de
haberla leído y releído, después de haber
reflexionado con calma y consultado con Dios,
fuente de la justicia, experimento el deber de
responder con ésta mía.
Permitirá V. E. que le hable francamente y que
mis palabras sean sometidas al juicio de cada uno
de los Cardenales y Prelados que componen la
Sagrada Congregación del Concilio.
La veneradísima carta habla de la cuestión que
me promovió ((**It15.724**)) ante
esa Sagrada Congregación el sacerdote salesiano
don Juan Bonetti, refiriéndose a la decisión
tomada por los Eminentísimos Padres el día
diecisiete del corriente mes de diciembre.
Me dice primeramente esa carta que plugo a los
Eminentísimos Cardenales se difiriese la solución
de la causa y se me significase que la providencia
por mí tomada con dicho sacerdote pareció
demasiado rigurosa. Se desea, en consecuencia, que
la controversia se componga ex bono et aequo
utraque parte acquiescente et servato utriusque
decore, antes de llegar a la sentencia.
Pero esa carta me impone en segundo lugar la
composición. Digo impone: Archiepiscopi autem esse
debebit, statim atque humaniter excipere Sac.
Ioannem Bosco et sacerdoti Ioanni Bonetti nulla
interposita mora facultatem, de qua supra,
concedere. Deinde, etc. Haec omnia, ea qua polles
docilitate et dexteritate ab Amplitudine tua
quantocius exequenda, etc.
íY qué composición! En ella se fijan
taxativamente el tiempo y el imperativo, la
obediencia y toda la docilidad que poseo.
Eminencia, >>qué diferencia hay entre la
composición y una decisión definitiva de la
Sagrada Congregación? Esta: una decisión nunca es
mordaz para el que es condenado. La composición
que se me impone me dice: humaniter excipere.
Mientras tanto se prescribe a don Bosco que
venga a mí, trayendo una petición escrita por don
Juan Bonetti, el cual pida con reverentes palabras
la rehabilitación para confesar en el Oratorio de
Chieri, con el si quid contra voluntatem suam
accidit
(**Es15.619**))
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