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((**Es15.181**) una causa canónica; y que se mantuviese firme también respecto a los opúsculos. <>. A lo más, admitía que, ((**It15.198**)) al hablar con personas que habían ido a espiar lo sucedido, se hubiese dejado llevar a confiar sus penas para dar las razones de la propia inocencia. Pero ciertamente ninguna ley divina ni humana prohíbe a un condenado desahogarse y defenderse con los amigos; si éstos abusan después de las confidencias, el otro ya no puede evitarlo. Proponía, además, a don Miguel Rúa que fuera dando largas al asunto hasta que don Bosco estuviese en Roma 1. En la Curia, en cambio, había una prisa que no admitía dilaciones. En efecto, el 29 de marzo, salió de Turín una carta de Colomiatti para don Bosco, invitándole a llegar a un acuerdo con el Arzobispo. El Beato contestó desde Alassio, poniendo dos condiciones fundamentales, si se quería acabar pronto la cuestión y hacer las paces. Rvmo. Sr. Canónigo Abogado Colomiatti: Había dado a don Miguel Rúa plenos poderes para arreglar toda divergencia con respecto al pobre don Juan Bonetti. Yo hacía notar que el medio más expedito era el de levantarle una suspensión que, canónicamente hablando, no se sabe en qué se funda. En este sentido, ya había yo arreglado las cosas con S. E. Rdma., nuestro siempre veneradísimo Arzobispo. Pero, al día siguiente de nuestro acuerdo por la mañana, Monseñor retiraba en una carta a mí dirigida todo lo tratado y concedido con respecto al asunto. Al examinar después la situación de las cosas, se supo que se habían denunciado cosas que arrastran por el fango el honor y la reputación de un sacerdote que, en su moral y conducta cívica, ha sido siempre, entre nosotros, intachable. Lo que, además, no sé comprender es cómo se pretende que el mismo don Juan Bonetti pida perdón de algo que él detesta con horror y de lo que una sola sospecha fundada me obligaría a alejarlo inmediatamente de nuestra pobre Congregación expuesta a tantas pruebas. El único medio, por tanto, para acabar una de las más molestas cuestiones, me parece que deba ser: 1.° Levantar a don Juan Bonetti la suspensión, como ya se había hecho. 2.° Revocar las graves acusaciones presentadas en Roma contra el mismo, salvo que se tengan pruebas seguras para demostrarlo y, en tal caso, don Juan Bonetti sería alejado de la casa religiosa a que pertenece. El, sin embargo, asegura que no tiene el más mínimo temor a las acusaciones formuladas y sólo pide que se le permita dar a su tiempo las debidas explicaciones. ((**It15.199**)) Este es, querido y Rvmo. señor Canónigo, mi modo de ver y enjuiciar, de manera amigable y confidencial. Don Miguel Rúa, que lleva personalmente los trámites, podrá entenderse mejor con V. S. Ilma. Dios nos bendiga y nos conserve a todos en su santa gracia, mientras tengo el alto honor de poderme profesar con el mayor aprecio De V. S. Ilma. y Rvma. Alassio, 5 de abril de 1881. Su seguro servidor, JUAN BOSCO, Pbro. 1 Carta de don Juan Bonetti a don Miguel Rúa, Aosta, 20 de marzo de 1881. (**Es15.181**))
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