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((**Es15.134**) todo lo que ha hecho Jesús por nuestra salvación, tomo con gusto el cepillo en mi mano y me pongo a pedir limosna por su amor. Juntó así ochocientas liras. Don Francisco Cerruti testificaba en los Procesos que lo vio después en la sacristía tan agobiado, tan postrado y casi desfigurado, que le impresionó vivamente. A pesar de todo, se sentó y concedió audiencia a buen número de personas que deseaban hablarle y poner en sus manos la limosna. Aquel mismo día volvió a Alassio. Allí redactó un documento, que es una prueba de su constante vigilancia para mantener ((**It15.144**)) firmemente unida la Congregación. Como ya se dijo anteriormente, don Francisco Cerruti había sido nombrado Inspector de las casas de Liguria y Francia; y, ya fuera por aliviarle en su cometido, ya fuera en atención a su delicada salud, el Siervo de Dios le había asignado un vicedirector en la persona de don Luis Rocca. Este cargo, admitido también como necesario en el colegio de San Carlos de Almagro, constituía una novedad no contemplada hasta entonces en ningún reglamento. Para que ello tuviese un aspecto normal y uniforme, redactó los siguientes artículos: Funciones del Vicedirector 1. El Vicedirector condivide con el Director todo lo que se refiere al gobierno de la Casa, y le sustituye en su ausencia. 2. A él está confiada la dirección religiosa, moral y disciplinar de los alumnos internos y externos, de cuya conducta es el principal responsable. El deberá, por tanto, vigilar atentamente lo que a esto se refiere y mantener relación con el Prefecto, el Catequista, el Consejero y los Maestros y Asistentes para tener todos los informes con que conocer el estado preciso de las cosas e impedir o remover desórdenes y promover con ardor la piedad, la moralidad y la disciplina. 3. Cada domingo examinará con el Prefecto las calificaciones semanales de la aplicación que le pasará el Consejero Escolástico y las de los dormitorios, que le entregue el Catequista. 4. Se informará, al mismo tiempo, de las faltas que se hubieren cometido urante la semana en la iglesia, en el paseo, en el comedor y en el recreo. 5. Podrá encargarse de la admisión de los alumnos y del personal para el servicio doméstico, ateniéndose a las normas establecidas y asegurándose, sobre todo, de sus condiciones religiosas y morales. Después comunicará el resultado de sus diligencias al Prefecto, a fin de que tome nota en el registro de los que solicitan entrar. 6. En unión con el Director, rellenará mensualmente el formulario que se ha impreso especialmente para el estado de cuentas de la Casa. 7. Le corresponderá también a él la ejecución de lo establecido por los artículos 8 y 10 del Reglamento del Director en las Deliberaciones del Capítulo General, a saber: -(8) Procure el Director también visitar la Casa todos los días; vea la marcha de todo; pase por los dormitorios, por la cocina, por los comedores y por la despensa; y observe lo que allí se hace. Esta es la manera de impedir que arraiguen los desórdenes. (**Es15.134**))
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