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envió por este Consejo escolar de la provincia a
todos ((**It14.726**)) los
directores de centros privados y, por tanto,
también al dicho reverendo Bosco, un aviso
impreso, en el que se les invitaba a uniformarse
con lo dispuesto por la ley, particularmente en lo
referente a los requisitos requeridos en
profesores y maestros para poder atender a la
enseñanza. Y puesto que el reverendo Bosco
contestó a dicha invitación, enviando una lista de
seis jóvenes clérigos carentes de título legal y
que se decía estaban destinados a las clases del
bachillerato, se declaraba que, para primeros del
año escolar 1877-78, tenía que proveerse de
docentes titulados, si quería seguir teniendo
abierto su Instituto. El reverendo Bosco no se
apresuró a obedecer a quien, por deber, le
advertía la necesidad de observar la ley; dejó
pasar el curso escolar 1876 y 1877 sin decir
palabra...
Parémonos aquí. Don Bosco recibe un aviso
impreso en el que se le invita a uniformarse con
lo dispuesto por la ley, referente a los
requisitos de los profesores, y él responde
enviando una lista de seis jóvenes clérigos. Señor
Delegado, si a la llamada de la autoridad escolar
contestó don Bosco enviando una lista de seis
jóvenes clérigos, mostró con ello que se daba
alguna prisa por obedecer. >>No dio la lista de
sus verdaderos profesores? Sí. ->>Dijo, mintiendo,
que tuvieran los títulos legales? No. -Por
consiguiente, >>dónde está su culpa o el poco
respeto a las leyes? -Tenía que entregar una lista
de profesores aprobados, según lo dispuesto por la
ley. -Despacio. El creía estar perfectamente de
acuerdo con la ley, porque consideraba que su
centro era un asilo de beneficencia. En segundo
lugar, daba la lista de los que se había servido
en los años anteriores, y un aviso impreso no era
una señal suficiente de que hubiesen cambiado con
respecto a él las disposiciones de los superiores;
y en fin, él sometía la lista de sus profesores al
juicio de la autoridad competente. >>Puede darse
más respetuoso obsequio a las leyes y a quien debe
hacerlas observar?
Después de esto se declaraba que, para primeros
del curso escolar 1877-78, tenía que proveerse de
docentes titulados. El reverendo Bosco dejó pasar
todo el curso escolar 1876-77 sin decir palabra.
>>Pero, a quién tenía que decir nada y para qué?
Si las autoridades escolares le habían concedido
que estuviera tranquilo por aquel año y pensara
únicamente en proveerse de docentes para el curso
siguiente, >>hacía falta que hablara a alguien?
Demasiado inoportunamente, pues, afirma el
señor Delegado que don Bosco no se apresuró a
obedecer a quien, por deber, le advertía la
necesidad de observar la ley.
Sigue diciendo el señor Rho: poco antes de que
se volviesen a abrir las escuelas para el curso
1877-78, don Bosco pidió directamente al
Ministerio de Instrucción Pública que se le
autorizara, al menos por un trienio, a valerse de
profesores sin el título legal. Esta petición
demuestra que él intenta sustraerse a la ley común
y obtener un privilegio que, por cierto, no está
de acuerdo con nuestras instituciones liberales
conceder a cualquiera.
>>Y qué? >>Cree el señor Rho que es un delito o
falta de respeto a las leyes, que uno, sin
((**It14.727**)) dejar
de declararse dispuesto a obedecer en cualquier
caso, pida a la legítima autoridad, esto es, a
quien está confiada la interpretación y aplicación
de las leyes, que mire si, por acaso, una ley
puede aplicarse de una manera mejor que de otra, y
esto no para su interés privado, sino para el bien
público y para la salvación de centenares de
inocentes jovencitos abandonados? >>Y qué deberá
decirse en el caso en que la ley fue interpretada
de aquella manera durante años y años? >>No podrá
sospecharse justamente que lo contrario sería
inconsideración o arbitrio, más que ley? >>Y
habría faltado don Bosco al respeto que merece la
ley intentando, no con abusos o
(**Es14.621**))
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