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((**Es14.621**) envió por este Consejo escolar de la provincia a todos ((**It14.726**)) los directores de centros privados y, por tanto, también al dicho reverendo Bosco, un aviso impreso, en el que se les invitaba a uniformarse con lo dispuesto por la ley, particularmente en lo referente a los requisitos requeridos en profesores y maestros para poder atender a la enseñanza. Y puesto que el reverendo Bosco contestó a dicha invitación, enviando una lista de seis jóvenes clérigos carentes de título legal y que se decía estaban destinados a las clases del bachillerato, se declaraba que, para primeros del año escolar 1877-78, tenía que proveerse de docentes titulados, si quería seguir teniendo abierto su Instituto. El reverendo Bosco no se apresuró a obedecer a quien, por deber, le advertía la necesidad de observar la ley; dejó pasar el curso escolar 1876 y 1877 sin decir palabra... Parémonos aquí. Don Bosco recibe un aviso impreso en el que se le invita a uniformarse con lo dispuesto por la ley, referente a los requisitos de los profesores, y él responde enviando una lista de seis jóvenes clérigos. Señor Delegado, si a la llamada de la autoridad escolar contestó don Bosco enviando una lista de seis jóvenes clérigos, mostró con ello que se daba alguna prisa por obedecer. >>No dio la lista de sus verdaderos profesores? Sí. ->>Dijo, mintiendo, que tuvieran los títulos legales? No. -Por consiguiente, >>dónde está su culpa o el poco respeto a las leyes? -Tenía que entregar una lista de profesores aprobados, según lo dispuesto por la ley. -Despacio. El creía estar perfectamente de acuerdo con la ley, porque consideraba que su centro era un asilo de beneficencia. En segundo lugar, daba la lista de los que se había servido en los años anteriores, y un aviso impreso no era una señal suficiente de que hubiesen cambiado con respecto a él las disposiciones de los superiores; y en fin, él sometía la lista de sus profesores al juicio de la autoridad competente. >>Puede darse más respetuoso obsequio a las leyes y a quien debe hacerlas observar? Después de esto se declaraba que, para primeros del curso escolar 1877-78, tenía que proveerse de docentes titulados. El reverendo Bosco dejó pasar todo el curso escolar 1876-77 sin decir palabra. >>Pero, a quién tenía que decir nada y para qué? Si las autoridades escolares le habían concedido que estuviera tranquilo por aquel año y pensara únicamente en proveerse de docentes para el curso siguiente, >>hacía falta que hablara a alguien? Demasiado inoportunamente, pues, afirma el señor Delegado que don Bosco no se apresuró a obedecer a quien, por deber, le advertía la necesidad de observar la ley. Sigue diciendo el señor Rho: poco antes de que se volviesen a abrir las escuelas para el curso 1877-78, don Bosco pidió directamente al Ministerio de Instrucción Pública que se le autorizara, al menos por un trienio, a valerse de profesores sin el título legal. Esta petición demuestra que él intenta sustraerse a la ley común y obtener un privilegio que, por cierto, no está de acuerdo con nuestras instituciones liberales conceder a cualquiera. >>Y qué? >>Cree el señor Rho que es un delito o falta de respeto a las leyes, que uno, sin ((**It14.727**)) dejar de declararse dispuesto a obedecer en cualquier caso, pida a la legítima autoridad, esto es, a quien está confiada la interpretación y aplicación de las leyes, que mire si, por acaso, una ley puede aplicarse de una manera mejor que de otra, y esto no para su interés privado, sino para el bien público y para la salvación de centenares de inocentes jovencitos abandonados? >>Y qué deberá decirse en el caso en que la ley fue interpretada de aquella manera durante años y años? >>No podrá sospecharse justamente que lo contrario sería inconsideración o arbitrio, más que ley? >>Y habría faltado don Bosco al respeto que merece la ley intentando, no con abusos o (**Es14.621**))
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