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confesiones de los fieles, puedan, sólo con la
delegación de su Superior, oír también las
confesiones de los alumnos y de los demás que
viven en la Casa Salesiana donde se encuentran.
2) Los mismos sacerdotes, en los viajes por mar
o por tierra, en los lugares de misión,
especialmente cuando se encuentran en países
semibárbaros, puedan libremente confesar a los
fieles, que estuviesen bastante instruidos para
recibir el sacramento de la Penitencia.
(San Pío V Bula ad immarcescibilem. Benedicto
XIV para los Píos Operarios, Breve 24 de mayo de
1751, Clemente XIV, Breve Supremi Apostolatus para
los Pasionistas).
Estos favores serían muy útiles por la
frecuente necesidad que mueve a los sacerdotes
salesianos a ir de una casa a otra, por la penuria
de sacerdotes y por los muchos alumnos, a los que
tendría que prestarse el sagrado ministerio.
Motivos más relevantes piden poder confesar en los
viajes y en las misiones extranjeras, en las que
hubo varias veces urgencia de hacer uso de esta
misma facultad, dada personalmente por el Sumo
Pontífice Pío IX de feliz memoria.
Roma, 7 de marzo de 1879
Humilde suplicante
JUAN BOSCO, Pbro.
C
Para extensión de
indulgencias
Beatísimo Padre:
El sacerdote Juan Bosco, Rector Mayor de la Pía
Sociedad Salesiana, humildemente postrado a los
pies de Vuestra Santidad, expone que el Pontífice
Pío IX de f.m., con fecha 9 de mayo de 1876,
concedió a los Cooperadores Salesianos varias
indulgencias y favores espirituales. Ahora, tenido
en cuenta el gran bien, que se deriva de esta
benévola concesión a todos los Cooperadores
Salesianos, especialmente por la frecuencia de los
santos sacramentos de la Confesión y Comunión,
suplica, con el máximo respeto a Vuestra Santidad,
que, con un rasgo de alta clemencia, se digne
extender los mismos tesoros espirituales a las
personas y alumnos que residen en nuestros
Colegios, Oratorios y Pensionados. Es éste un gran
beneficio que espera obtener de Vuestra Santidad
par mayor gloria de Dios y provecho espiritual de
los muchachos, que la divina Providencia quiso
entregar a los Salesianos, para ser apartados de
los peligros morales, merced a una educación
cristiana.
Roma, 7 de marzo de 1879
Humilde suplicante
JUAN BOSCO, Pbro.
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