((**Es14.503**)
escribió don Bosco el 9 de diciembre, y el otro
del Vicario parroquial de por vida, tienen
((**It14.589**)) que
ser modificados>>. Con este fin, acompañaba una
nota, redactada por don Miguel Rúa, en nombre del
Capítulo Superior, y firmada por don Bosco. El
sentido de iluminada prudencia y de santa
sencillez que la penetra, refleja muy bien el
espíritu de nuestro amado Fundador.
Eminencia Reverendísima:
El Capítulo Superior de la pía Sociedad de San
Francisco de Sales, por medio del que escribe, su
Rector Mayor, ruega a V. E. Rvma. permita dos
pequeñas modificaciones en los artículos
propuestos para la iglesia del Sagrado Corazón.
Si perpetuamente se hubiese de tratar con
Vuestra siempre Benemérita Eminencia, se
aceptarían éstas y cualesquiera otras condiciones.
Pero se trata de evitar desaveniencias, que por
desgracia fácilmente podrían surgir entre los que
administraran en el porvenir nuestras cosas,
después de nosotros.
Por tanto, se añadió al artículo octavo: <>.
13.° En este artículo se quitó también, después
de las palabras <>, de por
vida, para dejar a la Autoridad Eclesiástica su
pleno ejercicio y dar a la Congregación Salesiana
la posibilidad de sustituir en el normal ejercicio
de la parroquia y evitar los inconvenientes, que
serían inevitables en el caso de que los alumnos
del Colegio, del oratorio festivo y de las
escuelas debiesen utilizar la iglesia parroquial,
cuando ésta dependiese de una administración ajena
a la pía Sociedad.
Por mi parte, empero, creería agraviar a la
divina Providencia, si tuviese sólo la duda de que
los casos contemplados en los artículos octavo y
decimotercero pudieran suceder; y, por eso, la
ilimitada confianza que nos anima a esta grande y
costosa empresa llegue a merecernos la
continuación de igual benevolencia por parte de V.
E.
No sé si me he explicado bien, pero lo que no
digo, lo comprenderá la iluminada sabiduría de V.
E., o lo aclarará nuestro Procurador General, a
quien he otorgado plenos poderes en éste y en
otros asuntos de la Congregación.
Con la más profunda gratitud tengo el alto
honor de profesarme,
De V. E. Rvma.
Turín, 11 de diciembre de 1880
Su atto. y s. s.
JUAN BOSCO, Pbro.
El Vicario miró con buenos ojos las dos
modificaciones deseadas por don Bosco, con la
añadidura a la primera ((**It14.590**)) de una
reserva sobre la eventualidad dependiente de
fuerza mayor, y a la segunda substituyendo
<> por <>. Con esto
acabaron las discusiones. sobre el texto del
convenio que el 11 de diciembre fue firmado por
don Bosco y el 18, previa la aprobación del Papa,
por el
(**Es14.503**))
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