((**Es14.49**)
por su mente, se la insinuaron y mantuvieron viva;
pero, se le presentaba con aspectos indecisos, que
las circunstancias iban aclarando y precisando
paso a paso. Comenzó en 1855 a informarse de los
conocimientos necesarios para redactar una regla,
que, bosquejada en 1857, la presentó aquel año a
ocho que deseaban comprometerse, para que la
estudiaran y vieran si se sentían con ánimos para
practicarla.
Ahora bien, en aquella regla primitiva, se
encuentran dos cosas, que después sufrieron
importantes modificaciones. Una se refería
precisamente a los votos. <>. Es una frase que hace considerar
la profesión trienal no subordinada a la perpetua,
esto es, como tiempo de preparación a ésta, sino
como algo independiente y simple medio para ligar
temporalmente las voluntades de los sujetos, que,
mientras tanto, ayudarán a don Bosco en la obra de
los oratorios y de las vocaciones eclesiásticas; y
en esto entraba principalmente la ayuda a prestar
a los Obispos. Con el artículo citado se une y se
explica este otro:
((**It14.48**)) <>. Otra
cosa importante es la que trata de las relaciones
con los Obispos. <>.
En las nuevas casas bastaba que hubiera dos socios
y que uno, por lo menos, fuera sacerdote. Hasta
ahora, pues, lo único que se miraba era un posible
multiplicarse de oratorios, fuera de la
archidiócesis de Turín, todos dependientes de don
Bosco y para ayuda de los Ordinarios diocesanos.
Sólo después de la audiencia pontificia del 9 de
marzo de 1858, comenzó el trabajo para establecer
en debida forma la Congregación Salesiana; pero la
práctica de los votos trienales se mantuvo todavía
por más de un decenio, cuando vino a ser pura
excepción para casos especiales hasta el nuevo
código de derecho canónico.
Toda la mañana del día 8 se dedicó al examen de
las condiciones de Saint-Cyr y determinar alguna
medida para aquel Orfanato. No es preciso añadir
nada a lo que ya se dijo en el volumen anterior;
sólo (**Es14.49**))
<Anterior: 14. 48><Siguiente: 14. 50>