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para arreglarlo todo hiciesen, cuanto antes
pudieran, una edición nueva, bien corregida,
((**It14.527**)) al
menos de los principales de dichos opúsculos,
provista del correspondiente <> del
Ordinario del lugar. Atribuía a error involuntario
el haber recurrido a un Obispo extraño para la
aprobación de libros que tienen como único objeto,
hechos prodigiosos que se afirmaba tenían su
centro en Turín, en la iglesia de María Santísima
Auxiliadora. Esta fue la resolución comunicada a
don Bosco 1.
Don Bosco presentó la cuestión al estudio del
padre Rostagno, docto canonista jesuita, el cual
redactó una memoria para demostrar cuatro cosas:
1.° que los milagros de santos canonizados no
necesitan para su publicación del examen riguroso
del Ordinario sino que basta la simple revisión
por la que conste que no hay nada supersticioso o
repugnante a la piedad y a los dogmas. 2.° Que, a
juicio de Avanzini 2, impreso en Roma con la
aprobación del Maestro de los Sagrados Palacios,
no existía obligación de revisión eclesiástica en
nuestros pueblos, y cómo tal obligación era
desconocida en Bélgica y en Francia; es más, la
ley de la revisión no se observaba ni siquiera en
Turín y por el clero 3. 3.° Que, sin embargo, los
Salesianos tenían la aprobación del Ordinario, en
cuya jurisdicción se encontraba la tipografía, y
eso bastaba. Y, si se objetaba que los opúsculos
habían sido realmente impresos en Turín, se podía
contestar que monseñor Gastaldi mismo había
aprobado libros editados en otras diócesis, por
autores no sujetos a su jurisdicción. 4.° Que la
exigencia del Arzobispo de examinar los milagros,
por referirse éstos a una imagen venerada en una
iglesia de su diócesis, no se podía admitir, pues
él quería un examen severo y riguroso, cual lo
pide el Tridentino para casos completamente
distintos.
((**It14.528**)) El
Beato, a título de aclaración, envió el escrito
del padre Rostagno al cardenal Bartolini,
informando de ello al mismo tiempo a monseñor
Salvati e invitándolo a ir al Oratorio. Sentimos
no tener copia de la carta, porque en ella
declaraba lo que haría para eliminar las
disensiones, como se deduce de la respuesta de
Monseñor, de la que trasladamos aquí algunos
párrafos. Escribía el 26 de agosto:
1 Véase: Apéndice, Doc. N.° 60.
2 Acta S. Sedis, app. III, pág. 116.
3 El padre Rostagno citaba, entre otros, el
caso del reverendo profesor Corte, rosminiano,
que, en defensa de su curso de filosofía, había
impreso serie de artículos venenosos contra su
crítico jesuita y contra toda la Compañía de
Jesús, apoyándose ampliamente en las Cartas
Provinciales de Pascal y su comentarista, y
después había recogido los artículos en un
volumen, sin aprobación eclesiástica y sin que
nunca la autoridad eclesiástica de Turín hubiese
dicho palabra a este propósito.
(**Es14.451**))
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