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((**Es14.451**) para arreglarlo todo hiciesen, cuanto antes pudieran, una edición nueva, bien corregida, ((**It14.527**)) al menos de los principales de dichos opúsculos, provista del correspondiente <> del Ordinario del lugar. Atribuía a error involuntario el haber recurrido a un Obispo extraño para la aprobación de libros que tienen como único objeto, hechos prodigiosos que se afirmaba tenían su centro en Turín, en la iglesia de María Santísima Auxiliadora. Esta fue la resolución comunicada a don Bosco 1. Don Bosco presentó la cuestión al estudio del padre Rostagno, docto canonista jesuita, el cual redactó una memoria para demostrar cuatro cosas: 1.° que los milagros de santos canonizados no necesitan para su publicación del examen riguroso del Ordinario sino que basta la simple revisión por la que conste que no hay nada supersticioso o repugnante a la piedad y a los dogmas. 2.° Que, a juicio de Avanzini 2, impreso en Roma con la aprobación del Maestro de los Sagrados Palacios, no existía obligación de revisión eclesiástica en nuestros pueblos, y cómo tal obligación era desconocida en Bélgica y en Francia; es más, la ley de la revisión no se observaba ni siquiera en Turín y por el clero 3. 3.° Que, sin embargo, los Salesianos tenían la aprobación del Ordinario, en cuya jurisdicción se encontraba la tipografía, y eso bastaba. Y, si se objetaba que los opúsculos habían sido realmente impresos en Turín, se podía contestar que monseñor Gastaldi mismo había aprobado libros editados en otras diócesis, por autores no sujetos a su jurisdicción. 4.° Que la exigencia del Arzobispo de examinar los milagros, por referirse éstos a una imagen venerada en una iglesia de su diócesis, no se podía admitir, pues él quería un examen severo y riguroso, cual lo pide el Tridentino para casos completamente distintos. ((**It14.528**)) El Beato, a título de aclaración, envió el escrito del padre Rostagno al cardenal Bartolini, informando de ello al mismo tiempo a monseñor Salvati e invitándolo a ir al Oratorio. Sentimos no tener copia de la carta, porque en ella declaraba lo que haría para eliminar las disensiones, como se deduce de la respuesta de Monseñor, de la que trasladamos aquí algunos párrafos. Escribía el 26 de agosto: 1 Véase: Apéndice, Doc. N.° 60. 2 Acta S. Sedis, app. III, pág. 116. 3 El padre Rostagno citaba, entre otros, el caso del reverendo profesor Corte, rosminiano, que, en defensa de su curso de filosofía, había impreso serie de artículos venenosos contra su crítico jesuita y contra toda la Compañía de Jesús, apoyándose ampliamente en las Cartas Provinciales de Pascal y su comentarista, y después había recogido los artículos en un volumen, sin aprobación eclesiástica y sin que nunca la autoridad eclesiástica de Turín hubiese dicho palabra a este propósito. (**Es14.451**))
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