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ellos el don de la educación. Tampoco don Bosco se
vio libre de semejante tribulación.
La prensa calló durante tres meses, es decir,
hasta el 28 de febrero de 1880; aquel día, con
aires de triunfo notificaba la Cronaca a los
lectores cuanto sigue: <>. A pesar de tantas ganas de volver a
hablar, no respiró hasta el 12 de junio. Señal
evidente de que las rimbombantes denuncias no eran
tomadas en serio por nadie.
Del 12 de junio al 10 de julio hubo entre los
dos diarios en liza un intercambio de ataques y
réplicas, de los que sólo vale la pena recoger dos
afirmaciones; una, según la cual, don Bosco fue
absuelto ((**It14.301**)) por
<>, por consiguiente, no por
inexistencia de delito, lo cual es poco menos que
una condenación; y la otra, según la cual <>.
Con respecto a los testigos no interrogados,
nos resulta doblemente preciosa una noticia, que
nos proporciona la gaceta 1: <>. Aquí,
pues, se acusa con extremada ligereza a la
autoridad judicial de haber descuidado su deber en
cosa bastante grave en su cargo, pero más que nada
se debe creer que el señor Giustina, puesto
finalmente en condición de presentar el material
probatorio, que se jactaba de poseer, no haya
escatimado su propia contribución al
esclarecimiento de la justicia. Pero debió
repetirse el caso de Parturiunt montes, exit
ridiculus mus, (paren los montes y sale un
ridículo ratoncillo); en efecto, los elementos por
él aducidos e ilustrados con su elocuencia,
dejaron indiferente a quien recibía la
declaración.
Pero más indisculpable era afirmar que don
Bosco había sido absuelto por falta de pruebas.
Esta manera de expresarse equivalía a decir que
había habido, cuando menos, el inicio de un
proceso penal,
1 Cronaca dei Tribunali, sábado, 10 de julio de
1880.
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