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((**Es14.180**) envía; lo que se puede claramente comprobar por el reglamento del Instituto, que exige las siguientes condiciones para la aceptación: 1.° Tener doce años cumplidos y no más de dieciocho. 2.° Ser huérfano de padre y madre, a no ser que motivos particulares pidan alguna excepción. 3.° Ser pobres y abandonados. Los que poseen algo, lo traerán consigo en beneficio del Instituto. Se pretendería, en segundo lugar, que los muchachos admitidos en el instituto fuesen encaminados al estado eclesiástico o religioso. Para tener una respuesta a esta observación bastaría visitar, además del Oratorio de Turín, los asilos de la ciudad de Lucca y de Sampierdarena, y se verían centenares y, aun millares, de pobres muchachos aprendices de artes y oficios, los cuales de ningún modo aspiran al estado eclesiástico. Muchos de los jóvenes internados han hecho una carrera más o menos brillante, pero ninguno ha quedado sin colocación en la sociedad, como se quisiera hacer suponer, pues el que esto escribe considera como un deber suyo colocar siempre convenientemente a los jóvenes confiados a sus cuidados, cuando por falta de talento, de medios, de voluntad, no puedan seguir los estudios y abandonan el Instituto. Y, para confirmar cuanto digo, podría citar millares de jóvenes, que, arrancados de la ociosidad y de la miseria, se ganan ahora honradamente el pan viviendo en sociedad, así como podría también citar, por su nombre y apellido, a algunos de nuestros muchachos, que con el estudio llegaron a ocupar cargos brillantes en la magistratura, en el ejército y en los diversos ministerios, y son muchos los licenciados en filosofía y letras que enseñan, con aplauso, en varias ciudades de Italia no sólo en institutos y liceos, sino en las mismas reales universidades. ((**It14.204**)) Es verdad, sin embargo, que, entre los muchos jovencitos, hay algunos que manifiestan su inclinación al estado eclesiástico y religioso, y éstos encuentran en nuestras escuelas los medios y ayudas que necesitan para corresponder a la llamada de Dios, y éstos nos son indispensables para enseñar, vigilar y dirigir a los alumnos en el Centro y en los patios de recreo, destinados a entretenerlos en los días festivos. Creo poder esperar, por todo lo expuesto hasta aquí, que V. E. quedará suficientemente informado sobre el verdadero estado de la cuestión y, si fuere necesario, estoy dispuesto a presentar los documentos y las pruebas antes de llegar a una deliberación que, inspirada solamente en relaciones carentes de fundamento, resultaría perjudicial para muchos hijos del pueblo que, recogidos de las calles, cuando estaban a punto de ser un manifiesto peligro para la sociedad, atienden ahora a su propio mejoramiento y, merced a una buena educación, ofrecen fundada esperanza de llegar a ser probos y honrados ciudadanos, honor de la ciencia y esperanzas del más alegre porvenir. Tengo confianza en la iluminada prudencia y bondad de V. E. y espero tenga la bondad de hacer llegar estas observaciones al Consejo de Estado, a fin de que las ilustres personalidades llamadas a pronunciar un juicio definitivo acerca de esta dolorosa controversia, tengan idea del verdadero estado de las cosas en cuestión. Se ve que las cosas iban despacio; en efecto, hasta el 7 de abril no envió el delegado Rho al ministerio la relación solicitada sobre la naturaleza del Oratorio de don Bosco. Cotejando esta relación con la memoria antes mencionada, se echa de ver que el Siervo de Dios había barruntado lo que se estaba preparando, es decir, qué ideas iban (**Es14.180**))
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