((**Es14.175**)
Pero el que suscribe, firme en la idea de que
su Centro es un instituto de beneficencia, y no un
bachillerato privado y, por tanto, no sometido al
artículo 246 de la Ley Casati, con respecto a los
títulos de los maestros, presenta los profesores
titulados sólo para condescender con la autoridad
local, esperando una decisión de la Autoridad
superior.
Turín, 29 de noviembre de 1879
JUAN BOSCO, Pbro.
Pero don Bosco no podía tolerar que el decreto
ministerial de cierre pendiese continuamente como
espada de Dámocles sobre su Oratorio: y quiso
obtener su aprobación. En resumidas cuentas, a
ello iba encaminado el intento, en que estaba
empeñado, de conseguir para sus escuelas el
reconocimiento oficial de que eran escuelas
paternas. De aquí procede la nueva batalla que se
trabó.
Por aquellos días se luchaba en los Parlamentos
de los principales Estados europeos por la
libertad de enseñanza: parecía que, por todas
partes, soplaban vientos de reacción contra el
tiránico ((**It14.198**))
monopolio de la enseñanza, de modo que la opinión
pública se apasionaba por el problema en diversos
sentidos. En Italia, el Congreso católico nacional
de Módena, celebrado en la última semana de
octubre, trató la cuestión. El ingeniero Buffa, de
Turín, presentó un esquema de petición para
enviarlo, lleno de firmas, a los dos cámaras,
pidiendo que la enseñanza fuese libre. <>. Cuando Buffa nombró a don Bosco,
en el curso de la discusión e hizo alusión a sus
centros de caridad, estalló una salva de vivísimos
aplausos.
El ministro Pérez tenía ideas muy amplias en
materia de libertad de enseñanza. El simple hecho
de haber llamado al profesor Allievo de Turín y
haberlo nombrado Secretario suyo particular,
siendo como era convencido y notorio defensor de
esta libertad, es suficiente para dar a conocer
las tendencias ministeriales, confirmadas también
por
(**Es14.175**))
<Anterior: 14. 174><Siguiente: 14. 176>