((**Es14.159**)los más
distinguidos; pero todo ello lo pasamos por altos
Diremos, en cambio, que tratándose de Coppino, que
juzga y sentencia en materia de legalidad,
nosotros no podemos por los demasiados ejemplos
que nos dio y nos da, admitir siempre la
competencia del juez>>.
A distancia, per chartam et atramentum (por
carta y con tinta), ciertas controversias no se
resuelven ni pronto ni bien: además, el cambio de
ministro aconsejaba examinar de cerca el terreno.
Fue, pues, muy prudente don Bosco al enviar a Roma
a don Celestino Durando y al profesor Allievo con
la misión de alcanzar del Gobierno que se
prorrogara la ejecución del decreto de cierre,
máxime en lo concerniente al desahucio de los
jóvenes. Se dirigió al abogado Aluffi, secretario
en el ministerio de Gobernación, con esta carta de
presentación:
Queridísimo señor abogado Aluffi:
El caballero Allievo, catedrático en la
Universidad de Turín y el Profesor don Celestino
Durando van a Roma para un asunto de nuestras
escuelas. Necesitan que se les conceda un momento
de audiencia con el Comendador Villa, Ministro de
Gobernación, que siempre fue nuestro bienhechor.
((**It14.179**)) Se los
presento a V. S. para que les sugiera el camino
más corto para obtener lo que desean. Y, si tiene
conocidos en el Ministerio de Instrucción Pública,
le pediría el mismo favor.
Espero que disfrute de buena salud, y, pidiendo
a Dios que lo conserve, me profeso agradecido
De V. S. queridísima.
Turín, 20 de julio de 1879
Su atto. y s.s.
JUAN BOSCO, Pbro.
El honorable Villa, diputado por Castelnuovo de
Asti, era ministro de Gobernación. Había sucedido
a Depretis en la nueva recomposición ministerial.
Conocía a don Bosco desde 1859, y habían tenido
desde entonces cordiales relaciones recíprocas.
Los dos enviados debían presentarle la siguiente
recomendación:
Excelencia:
Siempre recuerdo con gratitud el caritativo
apoyo que V. E. prestó en varias ocasiones a los
pobres muchachos de este Centro; y esto
precisamente me inspira confianza para recurrir
también en el caso presente.
Un decreto del ministro de Instrucción Pública,
firmado el 16 de mayo y comunicado el 23 de junio
del corriente año, ordenaba el cierre de nuestras
clases por el único motivo de no haber en ellas
maestros patentados. Esto carece en absoluto de
(**Es14.159**))
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