((**Es14.155**)
Teólogo Rho:
El teólogo Margotti me comunica la carta, que
le has escrito, diciéndome que puedo contestar a
la parte que me concierne.
Lo hago de buena gana, porque nuestro asunto
necesita aclaraciones, sin las cuales todo queda
desfigurado.
Si tú hubieses venido por el Oratorio, te
habría demostrado que es un falso supuesto afirmar
que nuestros maestros no son titulados.
Tu mismo hermano, el Delegado, tiene en su
despacho la lista con sus nombres, apellidos y
títulos legales que son: Miguel Rúa, Celestino
Durando, José Bertello, Juan Bonetti y Marcos
Pechenino, todos diplomados. Por consiguiente, el
decreto de cierre se funda en un error, al aducir
como motivo de la disposición la falta de
Profesores dotados de idoneidad legal.
Dices que me sirvo de antiguos alumnos para las
clases, etc.
Querrás llamar antiguos a los mencionados
Profesores, que realmente fueron mis antiguos
alumnos.
((**It14.174**)) Tales
son también el profesor Rinaudo, de la Universidad
de Turín, Marco, de la de Roma, y otros, de otras
partes. >>No podría servirme de éstos para
nuestras clases? Como además, los colegios
privados tienen libertad de horario, nadie puede
pretender que la enseñanza no se dé cuándo y cómo
sea posible y cómodo para los docentes. Además, la
ley dice claramente que un colegio no puede ser
cerrado, sino cuando es gravemente perturbado e!
orden social, el orden moral o la salud de los
alumnos. Nunca ninguno de estos motivos puede
aducirse contra las escuelas de nuestros pobres
muchachos; es más, el mismo Delegado declara en su
relación al Consejo Escolástico Provincial después
de su visita que, en cuanto a limpieza,
disciplina, moralidad y aprovechamiento no dejaba
nada que desear.
Y, aunque existiera alguno de estos motivos,
dice la ley que, antes de llegar al cierre de
cualquier centro, deben ser atendidas las
observaciones del Director del mismo para
presentarlas al Consejo Escolar Provincial. Nada
se hizo de todo esto. El señor Delegado vino
cuando yo estaba ausente, visitó rápidamente las
clases y se encontró con que la higiene, la
moralidad, la limpieza, y el aprovechamiento no
dejaban nada que desear.
A mi regreso a Turín, me encontré con la carta
del Delegado, insistiendo en que los profesores
titulados tenían que permanecer en clase
constantemente, según el horario público. La ley
no exige esto; mas, para complacer a la autoridad,
he suplicado que me diese tiempo para tomar las
medidas oportunas para no turbar la administración
de esta casa y concluía: -Si no se me concede este
favor, ruego se me notifique, pues yo modificaré
la administración del Centro y haré de modo que
los Profesores titulados se encuentren en clase,
según el horario que la autoridad escolástica
piense fijar. No recibí respuesta hasta el 23 de
junio próximo pasado, en que se me comunicaba el
cierre del Bachillerato. Tú apelas a la ley, que
es superior a todos y a todo. Yo diría que la
justicia es la que debe regular todas las leyes.
>>Qué artículo de ley fue violado? Siempre he
pedido y esperado en vano una respuesta. Y, además
>>puede el Delegado u otro, ordenar la expulsión
de unos pobres muchachos, asilados en un hospicio,
como se pretende en el caso presente:
Añades que, hace tres años, que el señor
Delegado insiste para que yo me ajuste a la ley.
Contesté que todos los delegados, todos los
ministros de Instrucción Pública siempre han
alabado, aprobado, ayudado y concedido ayuda a
este Centro, durante más de treinta años. Hacía
falta un amigo, un compañero de escuela que
propusiera
(**Es14.155**))
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