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apartados y allí, formando un círculo alrededor
del maestro, se sentaban y recibían clase al aire
libre. Naturalmente cada clase tomaba distinta
dirección. Parece que los muchachos no sabían nada
del cierre. Don Bosco, pues, estuvo tan ((**It14.170**))
convencido de la tregua, que se lo comunicó al
Cardenal Protector, el cual le felicitó por ello,
escribiéndole el once de julio:
<>.
Pero era una serie de contratiempos y
conflictos que no tenía visos de acabar tan
pronto. Don Bosco presentó al Gobernador el
telegrama que le había enviado el caballero
Crodara, pero el Gobernador prestó oídos de
mercader y no quiso suspender los efectos del
decreto, ni siquiera hasta ser despachada la
instancia al Rey; únicamente le concedió diez días
de prórroga para los muchachos que no tuviesen
dónde refugiarse. El Beato no se dio por vencido;
quería obtener a toda costa un aplazamiento y, por
tanto, escribió al jefe de la Casa Real,
solicitando la protección del Soberano:
Excelencia:
Vuestra Excelencia no puede ciertamente
imaginarse la gran satisfacción que a mí y a
nuestros muchachos nos proporcionó el telegrama
dirigido al caballero Crodara sobre nuestras
escuelas. Pero hemos caído en la consternación de
antes, al presentarlo al señor Gobernador de Turín
y rogarle que suspendiera los efectos del Decreto
Ministerial. Me contestó inmediatamente que no
podía acatar normas de nadie en estos asuntos y
que, por tanto, había que proceder al despido de
nuestro pobrecitos. Concede únicamente diez días
para los que habían manifestado no saber dónde
albergarse. Los demás deberán dispersarse en
seguida por calles y plazas. Todas las personas
honradas afirman que no hay motivo para el cierre;
y, si lo hubiera, se podrían suspender las clases
del bachillerato, pero no echar a los huerfanitos
a la calle, como ya se amenazó otra vez con carta
del Gobernador ayer por la tarde.
Así las cosas, no que queda más recurso que la
protección de V. S. y la de S. S. R. M. suplicando
que se deje en paz a esta casa hasta que se haya
leído mi instancia y se dicte sentencia en
conformidad con la misma.
((**It14.171**)) Los
muchachos muy agradecidos confían en su mano
bondadosa, mientras yo con profunda gratitud tengo
el honor de poderme profesar,
De V.E.
Turín, 10 de julio de 1879
Su atto. y s. s.
JUAN BOSCO, Pbro.
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