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librero como Marietti. Me dijo que, si don Bosco
viene a establecerse en París, le cederá todo su
taller y su imprenta.
Animo, pues, venga. Y, puesto que yo soy muy
poca cosa y no puedo llegar a nada, deseo que
otros tan beneméritos como usted lo hagan. Verá
entonces qué grandes cosas hará, y, de cara a la
tipografía, sucederá al célebre abate Migne.
Ruegue por todas mis necesidades, y que el
Señor bendiga tantos buenos propósitos para los
que vine.
París, 8 de agosto de 1878.
Rue de Tournon, H“tel du Sénat.
Su seguro servidor
FAA DE BRUNO
58 (El original en francés, por mano del
Conde Cays)
Proyecto de contrato entre don Bosco y el
abate Roussel
Con el deseo de dar continuidad a su obra de la
<> y de los aprendices huérfanos, el
abate Roussel acude al abate Bosco para que vaya a
ayudarle con su Congregación, el cual, por su
lado, se presta a ello con mucho gusto y muy
satisfecho de colaborar a una obra tan útil,
establecida en París gracias al celo del abate
Roussel, y por otra parte tan atrayente por la
finalidad que le anima, la educación de los
muchachos del pueblo, pobres y abandonados. En
consecuencia, ambos han adoptado el siguiente
convenio.
((**It13.1000**)) 1.°
El abate Roussel conservará la dirección de la
Obra, su administración, y la responsabilidad de
la gestión, mientras viva o hasta que la quiera
conservar.
2.° Mientras sigan ayudándole los actuales
coadjutores que crea conveniente, se servirá de
los enviados por don Bosco en la dirección y
administración de la Obra, ya sea para la
vigilancia, la enseñanza y servicios semejantes
que él juzgare necesarios y que le sean posibles
para reemplazar poco a poco a aquéllos de sus
actuales coadjutores, que llegaren a faltar.
3.° Se conviene que el abate Roussel llame a
don Bosco como su coadjutor con derecho a
sucesión, lo mismo en el caso posible de que él
quiera abandonarlo o que se retire de la
dirección; dejará a don Bosco, o a aquel que sea
indicado por el Superior de la Congregación, todos
sus derechos de propiedad, dirección,
administración, etc.
4.° Los gastos necesarios para la vida de los
miembros de la Congregación Salesiana destinada a
Auteuil, para manutención, vestido, viajes,
correspondencia, etc., y de todo género, según las
costumbres de las demás casas de la Congregación,
correrán a cargo de la administración de la Obra,
que deberá hacerlo a la simple petición hecha por
el Superior Salesiano de esta casa y de quien
dependen los miembros que la componen.
Además, se asignará a la casa salesiana formada
en Auteuil una cantidad anual a combinar entre don
Bosco (el total de esta cantidad don Bosco lo deja
al presente a la voluntad del abate Roussel) y el
abate Roussel para ser entregada por ella al
Superior General de la Congregación de San
Francisco de Sales como recompensa a los
sacrificios que dicha Congregación debe llevar a
cabo para esta nueva casa.
Turín, 16 de diciembre de 1878.
Firmado
JUAN BOSCO, Pbro.
(**Es13.847**))
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