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((**Es13.847**) librero como Marietti. Me dijo que, si don Bosco viene a establecerse en París, le cederá todo su taller y su imprenta. Animo, pues, venga. Y, puesto que yo soy muy poca cosa y no puedo llegar a nada, deseo que otros tan beneméritos como usted lo hagan. Verá entonces qué grandes cosas hará, y, de cara a la tipografía, sucederá al célebre abate Migne. Ruegue por todas mis necesidades, y que el Señor bendiga tantos buenos propósitos para los que vine. París, 8 de agosto de 1878. Rue de Tournon, H“tel du Sénat. Su seguro servidor FAA DE BRUNO 58 (El original en francés, por mano del Conde Cays) Proyecto de contrato entre don Bosco y el abate Roussel Con el deseo de dar continuidad a su obra de la <> y de los aprendices huérfanos, el abate Roussel acude al abate Bosco para que vaya a ayudarle con su Congregación, el cual, por su lado, se presta a ello con mucho gusto y muy satisfecho de colaborar a una obra tan útil, establecida en París gracias al celo del abate Roussel, y por otra parte tan atrayente por la finalidad que le anima, la educación de los muchachos del pueblo, pobres y abandonados. En consecuencia, ambos han adoptado el siguiente convenio. ((**It13.1000**)) 1.° El abate Roussel conservará la dirección de la Obra, su administración, y la responsabilidad de la gestión, mientras viva o hasta que la quiera conservar. 2.° Mientras sigan ayudándole los actuales coadjutores que crea conveniente, se servirá de los enviados por don Bosco en la dirección y administración de la Obra, ya sea para la vigilancia, la enseñanza y servicios semejantes que él juzgare necesarios y que le sean posibles para reemplazar poco a poco a aquéllos de sus actuales coadjutores, que llegaren a faltar. 3.° Se conviene que el abate Roussel llame a don Bosco como su coadjutor con derecho a sucesión, lo mismo en el caso posible de que él quiera abandonarlo o que se retire de la dirección; dejará a don Bosco, o a aquel que sea indicado por el Superior de la Congregación, todos sus derechos de propiedad, dirección, administración, etc. 4.° Los gastos necesarios para la vida de los miembros de la Congregación Salesiana destinada a Auteuil, para manutención, vestido, viajes, correspondencia, etc., y de todo género, según las costumbres de las demás casas de la Congregación, correrán a cargo de la administración de la Obra, que deberá hacerlo a la simple petición hecha por el Superior Salesiano de esta casa y de quien dependen los miembros que la componen. Además, se asignará a la casa salesiana formada en Auteuil una cantidad anual a combinar entre don Bosco (el total de esta cantidad don Bosco lo deja al presente a la voluntad del abate Roussel) y el abate Roussel para ser entregada por ella al Superior General de la Congregación de San Francisco de Sales como recompensa a los sacrificios que dicha Congregación debe llevar a cabo para esta nueva casa. Turín, 16 de diciembre de 1878. Firmado JUAN BOSCO, Pbro. (**Es13.847**))
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