((**Es13.846**)
arrendamiento y a la propiedad; 2.° Pagarán
exactamente, durante la duración del arriendo, las
contribuciones personales y mobiliarias de manera
que no se pueda ejercer ningún recurso contra los
arrendadores, y pagaran cada año las
contribuciones de puertas y ventanas de la casa
alquilada, lo mismo que las contribuciones de la
finca; 3.° Pagarán los censos de las aguas del
canal, las primas de los seguros de incendios, los
vaciamientos de letrinas y otras cargas.
Art. 4.° En fin, el presente arriendo está
hecho por la cantidad anual de cuatro mil francos,
que el señor... se obliga y se compromete a pagar
en dos plazos iguales y distanciados, el 21... y
el 21... de cada año 1.
Art. 5.° Como condición del presente arriendo,
el señor... confiere al señor... la facultad de
adquirir, si le pareciere bien, durante todo el
tiempo del arriendo, la casa arrendada. En
consecuencia, el señor... promete vender dicha
casa al señor..., si le conviniere adquirirla, y
realizar esta venta ante notario, en cuanto le
fuere hecha la petición. Esta venta, si ha sido
pedida, se realizará al precio de cien mil francos
y con las cláusulas y condiciones señaladas en el
acta de venta.
56
Poderes otorgados por don Miguel Rúa a
don José Bologna
El que suscribe, por la presente escritura,
confía al Rvdo. señor don José Bologna, de
Roburent, el encargo de hacer mis veces en todos
los asuntos que se refieren al inmueble situado en
la calle Beaujour, núm. 9, de Marsella, que tengo
arrendada por la sociedad civil Beaujour. Por lo
tanto, le autorizo para cumplir en dicho
establecimiento todos los ((**It13.999**)) actos
que, de acuerdo con las leyes vigentes en la
República Francesa, pudiera yo cumplir como
arrendatario de tal inmueble, de manera que cada
uno pueda tratar y concluir con él cualquier
cuestión relativa al mismo, con la seguridad de
contar con mi ratificación y aprobación. Como
quiera que él se traslada a Marsella para dirigir
un Orfanato con la finalidad de recoger niños
pobres y abandonados para hacer de ellos unos
buenos ciudadanos, le recomienda humilde, pero
encarecidamente, al Cónsul italiano, residente en
aquella ciudad y a las demás autoridades civiles,
a fin de que le presten benévola protección,
cuando lo necesitare.
Turín, 25 de junio de 1878.
MIGUEL RUA, Pbro.
57
Carta de abate Fa… de Bruno a don
Bosco
Muy Rvdo. Señor:
Le escribo desde París, donde me encuentro por
varios asuntos. Casualmente hablé de usted con el
librero Lethellieux, uno de los primeros de París,
tan grande y buen
1 Nota marginal al artículo 4.°: <>.
(**Es13.846**))
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