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((**Es13.846**) arrendamiento y a la propiedad; 2.° Pagarán exactamente, durante la duración del arriendo, las contribuciones personales y mobiliarias de manera que no se pueda ejercer ningún recurso contra los arrendadores, y pagaran cada año las contribuciones de puertas y ventanas de la casa alquilada, lo mismo que las contribuciones de la finca; 3.° Pagarán los censos de las aguas del canal, las primas de los seguros de incendios, los vaciamientos de letrinas y otras cargas. Art. 4.° En fin, el presente arriendo está hecho por la cantidad anual de cuatro mil francos, que el señor... se obliga y se compromete a pagar en dos plazos iguales y distanciados, el 21... y el 21... de cada año 1. Art. 5.° Como condición del presente arriendo, el señor... confiere al señor... la facultad de adquirir, si le pareciere bien, durante todo el tiempo del arriendo, la casa arrendada. En consecuencia, el señor... promete vender dicha casa al señor..., si le conviniere adquirirla, y realizar esta venta ante notario, en cuanto le fuere hecha la petición. Esta venta, si ha sido pedida, se realizará al precio de cien mil francos y con las cláusulas y condiciones señaladas en el acta de venta. 56 Poderes otorgados por don Miguel Rúa a don José Bologna El que suscribe, por la presente escritura, confía al Rvdo. señor don José Bologna, de Roburent, el encargo de hacer mis veces en todos los asuntos que se refieren al inmueble situado en la calle Beaujour, núm. 9, de Marsella, que tengo arrendada por la sociedad civil Beaujour. Por lo tanto, le autorizo para cumplir en dicho establecimiento todos los ((**It13.999**)) actos que, de acuerdo con las leyes vigentes en la República Francesa, pudiera yo cumplir como arrendatario de tal inmueble, de manera que cada uno pueda tratar y concluir con él cualquier cuestión relativa al mismo, con la seguridad de contar con mi ratificación y aprobación. Como quiera que él se traslada a Marsella para dirigir un Orfanato con la finalidad de recoger niños pobres y abandonados para hacer de ellos unos buenos ciudadanos, le recomienda humilde, pero encarecidamente, al Cónsul italiano, residente en aquella ciudad y a las demás autoridades civiles, a fin de que le presten benévola protección, cuando lo necesitare. Turín, 25 de junio de 1878. MIGUEL RUA, Pbro. 57 Carta de abate Fa… de Bruno a don Bosco Muy Rvdo. Señor: Le escribo desde París, donde me encuentro por varios asuntos. Casualmente hablé de usted con el librero Lethellieux, uno de los primeros de París, tan grande y buen 1 Nota marginal al artículo 4.°: <>. (**Es13.846**))
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