((**Es13.796**)
d) Decreto de Mons. Sciandra, como delegado
de la S. S.
(en latín, en el original)
JOSE MARIA SCIANDRA,
por la gracia de Dios y de la S.
Sede Apostólica,
Obispo de Acqui
y, en este asunto, Delegado
Apostólico.
Examinado, y con la mayor reverencia, el
Rescripto expedido por la Sagrada Congregación de
Obispos y Regulares, de fecha 14 de septiembre,
1877, con el presente decreto anexo,
Constándonos la veracidad de los datos, que
anteceden al mencionado rescripto,
Examinada también la declaración escrita por
parte del demandante, reverendo Juan Bosco,
Superior General de la Congregación Salesiana, en
el sentido de que restituiría los edificios, que
se especifican, con la iglesia aneja, a la Orden
Religiosa de los Capuchinos, en el caso de que
éstos puedan regresar de nuevo al lugar en
cuestión, no sin antes haber recibido el importe
de la compraventa de manos del demandante,
En uso de la autoridad que nos ha sido
benignamente concedida, concedemos las facultades
necesarias al Reverendo Juan Bosco, para adquirir
tales inmuebles, de acuerdo con las preces de
petición, formuladas por él mismo a la Santa Sede,
y cumplidos todos los trámites que, en el
correspondiente Rescripto de la Sagrada
Congregación de Obispos y Regulares, se
prescriben.
Dado el 27 de septiembre de 1877.
>> JOSE
MARIA, Ob. y Del. Apost.
FRANCISCO
BERTA, Pbro. Secr.
22
Decreto de clausura del primer
Capítulo General
Ad maiorem Dei gloriam et ad honorem Sancti
Francisci Salesii
Los Directores de todas las casas de la
Congregación Salesiana con los miembros del
Capítulo Superior, presididos por el Rector Mayor
Reverendo Juan Bosco, se reunieron el día 5 de
septiembre de 1877 en el colegio San Felipe Neri
de Lanzo Torinese para el Primer Capítulo General.
Invocada la asistencia del Espíritu Santo, aquella
tarde, a las ((**It13.941**)) siete,
se hizo la apertura formal. Durante los días
siguientes, se celebraron 26 reuniones, en las que
se resolvieron muchas cosas y se confirmaron
muchas otras anteriormente resueltas o, mejor, se
declararon de acuerdo con el espíritu de las
Reglas de la Congregación y fueron redactadas
totalmente con exactitud y escritas claramente por
dos secretarios.
Discutidos y aprobados los temas propuestos, y
así cumplida la finalidad por la que se había
convocado este capítulo, el día 5 de octubre,
puesto que los directores eran reclamados a las
casas que tenían confiadas, aún quedando muchas
cosas por ordenar, aclarar y expresar más
exactamente, antes de salir declararon
unánimemente que se daba amplia facultad al Rector
Mayor para cancelar, añadir o cambiar cuanto
creyere
(**Es13.796**))
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