((**Es13.595**)
1.° Se confía la dirección de los estudios y la
administración del Seminario a don Juan Bosco,
Superior General de la Congregación Salesiana, con
las siguientes cláusulas y condiciones:
2.° Hecho el Balance de las rentas del
Seminario y descontadas todas las cargas e
impuestos, quedan alrededor de cuatro mil
novecientas treinta y nueve liras, ((**It13.698**)) las
cuales se ceden al mencionado don Juan Bosco, a
cuenta de las provisiones que se necesitan para
los maestros del tercero y cuarto grado elemental,
para los profesores del bachillerato, para un
profesor de Filosofía y otro de Teología y para
todo el personal directivo, de vigilancia y
servicio. Y como quiera que la renta antes dicha
aumentará con la liquidación de algunas deudas
anuales, se declara que este aumento repercutirá
en favor de la administración. En la fecha de la
entrega se redactará un inventario por ambas
partes.
3.° Ante el caso de rescisión o cese del
presente convenio, se deberán restituir las cosas
al mismo estado y valor en que se entregaron, de
manera que las mejoras y deterioros resulten en
favor o perjuicio de dicho don Bosco, Superior
General de la Congregación Salesiana.
4.° Cuando haya que realizar trabajos
extraordinarios de albañilería o reparaciones, el
Eminentísimo Cardenal Bilio, obispo de Sabina,
junto con los reverendísimos Delegados y el
reverendísimo don Bosco, Superior General,
estudiarán, de común acuerdo, la manera de
proporcionar los medios necesarios para ello.
5.° El Eminentísimo Cardenal, Obispo de Sabina
ejercerá su plena autoridad en materia de
enseñanza y en todo lo referente a disciplina,
religión y moral de los alumnos, de acuerdo con
las Constituciones Apostólicas Romanas.
6.° Al comenzar cada curso escolar, el
reverendo don Juan Bosco presentará a S. E. el
Cardenal, Obispo de Sabina, la lista del personal
directivo, de vigilancia y de servicio.
7.° El programa de estudios, las condiciones y
las normas para la admisión de los estudiantes se
someterán siempre a la aprobación del Ordinario.
8.° Este convenio empezará a regir a partir del
próximo curso escolar 1877-78 y estará en vigor
por cinco años; si una de las partes quisiera
retirarse o rescindir este contrato, deberá avisar
a la otra con cinco años de anticipación.
La mezcla que se proponía de seminaristas,
aspirantes y no aspirantes al sacerdocio, aunque
<>, no podía agradar a don Bosco. Por eso,
cuando el Seminario estuvo en su mano, pensó en un
colegio distinto para los muchachos no
seminaristas, tomando en arriendo una parte del
amplio edificio. Se redactó prontamente un
escrito, aunque sólo pro forma, a fin de que, como
dice una nota confidencial de don Miguel Rúa,
nadie pudiera <>: no había que
pagar arriendo, como añadía la nota, y la casa
quedaría siempre para uso de los Salesianos. Este
asunto lo diligenció un tal ((**It13.699**)) Albino
Donato, de Saluggia, enviado para ello por don
Bosco, que le encargó también hacer el inventario
y preparar la residencia de los internos para el
principio del curso ya en puertas.
Este señor Donato era un padre de familia
ejemplar, que quería mucho a don Bosco y se
consideraba feliz ayudándole. El Beato tuvo
(**Es13.595**))
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