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subvención, y por una sola vez, no anuualmente. El
reverendo Bosco procurará que ésta se emplee
totalmente en favor del pueblo de Farigliano.
Todo se somete al juicio de los respetables
concejales del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento no se dormía sobre los
laureles. En la sesión del 20 de mayo el alcalde,
doctor Piacenza, autorizado por un decreto de la
<> 1, informó al Consejo que el
<> había
<> y
de los pueblos limítrofes. ((**It13.640**)) El
Consejo Municipal <> determinó conceder <> y de sus
sucesores el usufructo perpetuo de lo que fue
convento y sus aledaños, y se señalaron las
condiciones. Estas, con los oportunos cambios de
forma, fueron las mismas presentadas por don
Bosco, más las dos siguientes: <<7: En
compensación de los impuestos sobre edificaciones,
el reverendo Bosco otorgará una plaza gratuita
para un muchacho del pueblo que será designado por
el Municipio. 8: Serán admitidos como alumnos
externos de las escuelas todos los habitantes del
pueblo que quieran ir a ellas>>.
Cuando el Beato recibió el nuevo texto, tachó
con una raya, como aún puede verse, el artículo
séptimo, y modificó el octavo así: <>. Hizo que se
añadiera al final del artículo sexto:
<>. En cuanto a la petición manifestada
por don Bosco en el artículo octavo, el Consejo
municipal declaraba su sentimiento por cuanto las
apreturas económicas del municipio no le permitían
<>.
El más fervoroso defensor de la obra salesiana
era el arcipreste don Luis Mellonio. Como
copatrono del convento y del santuario, de acuerdo
con la escritura de cesión, se dedicaba con celo a
solventar la oposición de los Menores Observantes.
En el mismo margen de una carta suya, del 12 de
julio, sobre este tema, escribió don Bosco estas
palabras para don Miguel Rúa, encargado de
responder: <>: oficina del
<>, jefe o magistrado inmediatamente
inferior al Gobernador civil. (N.del T.)
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