Regresar a Página Principal de Memorias Biográficas


((**Es13.233**) personas honestas y aptas, y enviarles el diploma. A la pregunta de si podían ser inscritos entre los Cooperadores los religiosos y los institutos educativos, don Bosco contestó: -Sí, los unos y los otros. Sin embargo, en cuanto a los institutos envíese el diploma sólo al Superior o a los Superiores, y regístrese a éstos con el nombre del instituto; de este modo queda afiliado todo el instituto; pero hay que advertirles que todo el cuerpo actúa en sus partes y, por ende, que todos los miembros han de hacer alguna obra material o moral en favor de la Congregación. Además, al estar nuestra asociación desligada de vínculos obligatorios ((**It13.265**)) hace que también las órdenes religiosas puedan pertenecer a ella. Tanto más pueden pertenecer los terciarios franciscanos y dominicos. Nuestra manera de alcanzar el fin, que es la gloria de Dios y la salvación de las almas, es totalmente diversa de la suya. Ellos emplean una manera totalmente ascética, hacen muchas oraciones, recitan el oficio parvo y otras cosas parecidas; nosotros, en cambio, somos todo acción, movimiento, obras de caridad en favor del prójimo. Siendo así que los primeros son todo prácticas de piedad y nosotros todo prácticas de caridad, se hermanan perfectamente las dos instituciones; y aun perteneciendo a ambas, no hay sobrecarga alguna de plegarias ni de obras buenas. -En general la asociación de los Cooperadores es bien vista por todos, porque de ningún modo se mete en política; y yo soy del parecer que, si se nos deja actuar, es precisamente porque nuestra Congregación es totalmente ajena a la política. Es más, yo hubiera querido, incluso, que en nuestras Constituciones hubiese un artículo que prohibiese mezclarse, de cualquier modo que sea, en asuntos de política, y estaba este artículo en los ejemplares manuscritos; pero, cuando se presentaron nuestras Constituciones en Roma y se aprobó por primera vez la Congregación, este artículo fue suprimido por la Congregación encargada expresamente de examinar nuestras Reglas. Y cuando se trató en 1870 de aprobar definitivamente la Congregación y hubo que enviar de nuevo las Reglas para su examen, yo, como si nada hubiese ocurrido anteriormente, inserté de nuevo este artículo, en el que se decía que estaba vedado a los socios entrar en cuestiones de política; y me lo volvieron a quitar. Yo, que estaba convencido de la importancia de este artículo, en 1874, cuando se trataba de aprobar cada uno de los artículos de las Constituciones, es decir, se trataba de la última aprobación definitiva, al presentar las Reglas a la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares, una vez más volví a introducirlo y nuevamente fue quitado, y esta vez se declaró el motivo de la supresión y se me escribió: -Es la tercera vez que se suprime este artículo. Aunque en general parezca que se podría admitir, en estos tiempos sucede, a veces, que en conciencia se debe entrar en política, porque a menudo las cosas políticas son inseparables de la religión. Por consiguiente, no se ha de aprobar la exclusión entre los buenos católicos. -Así aquel artículo quedó definitivamente suprimido y nosotros, en caso de utilidad y de verdadera conveniencia, podremos tratar de cosas políticas; pero, fuera de estos casos, atengámonos siempre al principio general de no mezclarnos en asuntos políticos, y esto nos aprovechará inmensamente. (**Es13.233**))
<Anterior: 13. 232><Siguiente: 13. 234>

Regresar a Página Principal de Memorias Biográficas


 

 

Copyright © 2005 dbosco.net                Web Master: Rafael Sánchez, Sitio Alojado en altaenweb.com