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todos a hacer lo mismo. Pero, surgió enseguida una
dificultad. Estas cartas pedían respuesta; y los
miembros del Capítulo Superior ya tenían que
atender a demasiados asuntos, para que les quedase
tiempo de cargarse, por añadidura, también con
éste. Se cortó la discusión, reservándose hablar
de ello con don Bosco, y, en su nombre, se
suspendió la discusión a hora avanzada.
Toda la conferencia de la mañana del segundo
día se dedicó a examinar y ponderar las notas
explicativas del Reglamento. Podra siempre
reportar alguna utilidad el conocer cómo pensaban
sobre ciertos detalles de la vida practica
salesiana los antiguos directores, presididos por
el siervo de Dios don Miguel Rúa, que siempre se
creyó en el deber de ser portavoz e intérprete del
Beato fundador. Hay seis puntos que nos parecen
dignos de consideración.
1.° Los cambios de horario. Hubo un tiempo en
el que la clase de canto ((**It12.60**)) se daba
después de cenar; mas tarde, uno tras otro, todos
los colegios acabaron por ponerla antes de la
cena. Por otra parte, siendo cosa muy sabida la
importancia que el beato Padre daba a la
integridad y uniformidad del horario establecido,
se quería que este cambio fuera sancionado por la
autoridad. La experiencia hecha animaba a
mantenerlo. Los muchachos sacaban mas provecho a
aquella hora; los maestros daban la clase mas a
gusto en aquel tiempo; con este arreglo había mas
orden y se perdía menos tiempo, porque los grupos
iban directamente del salón de estudio a la clase
de canto o al repaso, mientras que, después de la
cena, resultaba mas difícil y mas lento juntar a
los alumnos 1. Sin embargo, la dirección del
Oratorio no quiso admitir el cambio de horario,
sin la previa aprobación de don Bosco.
2.° Coloquio mensual. >>Convenía tratar en él
cosas de conciencia?
Hoy día el Código de Derecho Canónico ha cortado
por lo sano: Omnes religiosi Superiores districte
vetantur personas sibi subditas quoquo modo
inducere ad conscientiae manifestationem sibi
peragendam 2. La cuestión ya había sido resuelta
también negativamente en
1 Los muchachos del Oratorio, al salir del
comedor, iban unos al patio; otros,
voluntariamente, a clases de repaso con profesores
señalados para ello, y otros a clase de canto.
Como no formaban filas, se necesitaba tiempo para
reunir las dos últimas categorías, lo cual
obligaba a acortar la lección, porque era preciso
suspender todo a la hora convenida. Acudían a las
clases de repaso los más atrasados.
2 Can. 530, & 1. (El nuevo Código de Derecho
Canónico (1983) reproduce en su canon 630, & 5,
las mismas palabras: <>.
Queda, por tanto, bien clara la norma sobre la
manera de proceder de los superiores: Aunque por
el canon 968, & 2, tienen la facultad de oír
confesiones de sus súbditos, no deben hacerlo si
éstos no se lo piden espontáneamente, y deben
respetar su libertad en lo que atañe a la
manifestación de su conciencia. (N. del
T.)(**Es12.60**))
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