((**Es12.521**)
Las mejoras introducidas en el local y el número
crecido de los profesores, ponen al Colegio en
estado de recibir hasta cien pupilos.
REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA EL AÑO
1877
1.° Cinco de las clases que se abrirán este
año: dos clases elementales y tres de estudios
preparatorios.
2.° En la clase Elemental Inferior se enseñará:
Lectura, Dictado, Caligrafía, Aritmética,
Catecismo, Historia Sagrada y Ejercicios de
composición.
3.° En la Clase Elemental Superior: Gramática
castellana, Aritmética, Catecismo, Historia
sagrada, Geografía, Historia argentina, Caligrafía
y Ejercicios de composición.
4.° En la Escuela de primer año de estudios
preparatorios se enseñará: Gramática castellana,
Caligrafía, Aritmética aplicada, Geografía, Latín,
Francés y Catecismo, Historia Antigua y Sagrada.
5.° En la Escuela del segundo año de estudios
preparatorios se enseñará: Gramática castellana,
latina, francesa, Aritmética razonada, Geometría
práctica, Teneduría de libros, Historia y
Geografía de América, Catecismo razonado y
Ejercicios de composición.
6.° En la clase de tercer año preparatorio se
enseñará: Algebra y trigonometría rectilínea,
Geometría razonada, Teneduría de libros,
Literatura castellana, Gramática francesa, latina,
Ejercicios de composición, ((**It12.618**))
Historia griega y romana, Geografía particular de
Europa, Asia, Africa, Oceanía, y Catecismo
razonado.
7.° Habrá lecciones de música vocal e
instrumental cada día para los pupilos y medios
pupilos y para éstos y los externos tres lecciones
de gimnástica en la semana.
8.° Los pupilos, medios pupilos y externos que
desearan aprender a tocar algún instrumento
musical, tendrán en el colegio profesores que
podrán llenar ese deseo.
CONDICIONES PARA LOS PUPILOS
1.° El que desee ingresar en el <> como pupilo, debe presentar la partida
de bautismo, el certificado médico de que ha sido
vacunado, el certificado de buenas costumbres y
del estudio que ha cursado.
2.° No se admiten pupilos que no tengan 7 años
de edad o que hayan pasado de los 14.
3.° Debe el interesado satisfacer una
mensualidad de cuatrocientos pesos, moneda
corriente, por trimestres anticipados por cada
alumno.
4.° Los pupilos tienen derecho al desayuno,
comida, merienda y cena, siendo el desayuno de té,
leche y pan; la comida de una sopa, dos platos y
postres, con vino y pan; merienda de pan, y la
cena de una sopa, un plato y postres, con vino y
pan.
5.° El que pase algunos días de un mes en el
Colegio debe pagar toda la mensualidad.
6.° Los pupilos no pueden gastar por sí solos
el dinero que reciban de sus padres, parientes o
amigos; el Sr. Director del Colegio recibirá el
dinero y lo gastará debidamente para el pupilo.
7.° Se pagarán cien pesos anuales por el gasto
de tinta, tinteros, luz en la sala de estudio,
dormitorio, etc.
8.° Los gastos de médico, botica, peluquero,
libros y objetos de Escuela están a cargo del
pupilo.
(**Es12.521**))
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