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((**Es12.521**) Las mejoras introducidas en el local y el número crecido de los profesores, ponen al Colegio en estado de recibir hasta cien pupilos. REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA EL AÑO 1877 1.° Cinco de las clases que se abrirán este año: dos clases elementales y tres de estudios preparatorios. 2.° En la clase Elemental Inferior se enseñará: Lectura, Dictado, Caligrafía, Aritmética, Catecismo, Historia Sagrada y Ejercicios de composición. 3.° En la Clase Elemental Superior: Gramática castellana, Aritmética, Catecismo, Historia sagrada, Geografía, Historia argentina, Caligrafía y Ejercicios de composición. 4.° En la Escuela de primer año de estudios preparatorios se enseñará: Gramática castellana, Caligrafía, Aritmética aplicada, Geografía, Latín, Francés y Catecismo, Historia Antigua y Sagrada. 5.° En la Escuela del segundo año de estudios preparatorios se enseñará: Gramática castellana, latina, francesa, Aritmética razonada, Geometría práctica, Teneduría de libros, Historia y Geografía de América, Catecismo razonado y Ejercicios de composición. 6.° En la clase de tercer año preparatorio se enseñará: Algebra y trigonometría rectilínea, Geometría razonada, Teneduría de libros, Literatura castellana, Gramática francesa, latina, Ejercicios de composición, ((**It12.618**)) Historia griega y romana, Geografía particular de Europa, Asia, Africa, Oceanía, y Catecismo razonado. 7.° Habrá lecciones de música vocal e instrumental cada día para los pupilos y medios pupilos y para éstos y los externos tres lecciones de gimnástica en la semana. 8.° Los pupilos, medios pupilos y externos que desearan aprender a tocar algún instrumento musical, tendrán en el colegio profesores que podrán llenar ese deseo. CONDICIONES PARA LOS PUPILOS 1.° El que desee ingresar en el <> como pupilo, debe presentar la partida de bautismo, el certificado médico de que ha sido vacunado, el certificado de buenas costumbres y del estudio que ha cursado. 2.° No se admiten pupilos que no tengan 7 años de edad o que hayan pasado de los 14. 3.° Debe el interesado satisfacer una mensualidad de cuatrocientos pesos, moneda corriente, por trimestres anticipados por cada alumno. 4.° Los pupilos tienen derecho al desayuno, comida, merienda y cena, siendo el desayuno de té, leche y pan; la comida de una sopa, dos platos y postres, con vino y pan; merienda de pan, y la cena de una sopa, un plato y postres, con vino y pan. 5.° El que pase algunos días de un mes en el Colegio debe pagar toda la mensualidad. 6.° Los pupilos no pueden gastar por sí solos el dinero que reciban de sus padres, parientes o amigos; el Sr. Director del Colegio recibirá el dinero y lo gastará debidamente para el pupilo. 7.° Se pagarán cien pesos anuales por el gasto de tinta, tinteros, luz en la sala de estudio, dormitorio, etc. 8.° Los gastos de médico, botica, peluquero, libros y objetos de Escuela están a cargo del pupilo. (**Es12.521**))
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