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Texto de Convenio en Buenos
Aires
CONVENIO
Entre la Autoridad Eclesiástica de Buenos Aires
y la Hermandad Italiana de María Mater
Misericordiae con los Padres Salesianos de Turín:
Artículo 1.°
La Autoridad Eclesiástica de Buenos Aires,
representada por S. E. Rvma. monseñor Federico
Aneyros, Arzobispo, y la Hermandad Italiana de
María Mater Misericordiae, representada por su
Consejo y Presidente señor Rómulo Finocchio, para
mayor gloria de Dios y bien de las almas, y
especialmente de la Hermandad, conceden para uso
perpetuo la dirección y administración de la
iglesia de Nuestra Señora de la Misericordia a los
Reverendos Padres Salesianos, representados por el
Dr. don Juan Cagliero, Teólogo y Delegado
Procurador del Superior General, el señor don Juan
Bosco, residente en Turín, a fin de que con sus
socios, celo, obra y consejo quede asegurado y
conseguido el bien para el cual fue construida la
iglesia y erigida la Hermandad.
Artículo 2.°
La iglesia, aunque no sea de absoluta propiedad
de los Padres Salesianos, y aunque dedicada al
culto de Dios y de la Virgen, en favor de los
fieles y de la Hermandad, podrá ser mejorada por
ellos, pero no deteriorada, ni cambiada, enajenada
o destinada a otro fin; por lo cual la Autoridad
Eclesiástica y la Hermandad tendrán derecho a
reclamar contra la infracción del presente
artículo.
Artículo 3.°
La Hermandad de los Italianos, erigida y
establecida en la iglesia de Nuestra Señora de la
Misericordia, conservará la propiedad absoluta de
todos ((**It12.616**)) los
objetos que le pertenecen; conservará la dirección
de sus estatutos y tendrá la libre administración
de las cuotas mensuales, anuales y otros donativos
en favor de la misma Hermandad, hechos por sus
socios y otras piadosas personas.
Artículo 4.°
Los fondos y cualquier otra renta o entrada de
la Hermandad se emplearán en favor de la iglesia y
de la misma Hermandad, es decir: proveer de cera
para las sagradas funciones, comprar ornamentos o
vasos sagrados, mejorar la iglesia, celebrar
sufragios por las almas de los socios, y
solemnizar con la mayor pompa posible la fiesta
patronal de Nuestra Señora de la Misericordia.
Artículo 5.°
Los reverendos Padres Salesianos se encargarán
del sostenimiento de la iglesia y de la sacristía
con todas las cargas anejas, y procurarán promover
el culto y devoción
(**Es12.519**))
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