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pero resulta más oportuno juntarla aquí con las
anteriores. Deseaba él obtener que los párrocos de
la archidiócesis de Génova pudieran ceder en favor
de aquella casa la limosna de las misas del
domingo; no la limosna de las misas celebradas en
las fiestas suprimidas, que ya estaba asignada al
seminario diocesano. También surtió efecto esta
última súplica al igual de las otras, si bien de
una forma especial: se concedió el favor al
Arzobispo monseñor Magnasco, nominalmente a favor
del seminario menor de Chiapeto y con destino a
las vocaciones eclesiásticas. Ahora bien don Bosco
miraba sobre todo a los hijos de María, destinados
a tener su principal residencia en el hospicio de
San Vicente de Paúl. El Arzobispo y don Bosco
estaban perfectamente de acuerdo, en la cuestión.
((**It12.168**))
Beatísimo Padre:
El sacerdote Juan Bosco a los pies de S. S.
expone humildemente que en San Pier d'Arena, junto
a Génova, se abrió un asilo para los niños pobres
que van a parar a esta ciudad desde diversos
pueblos. Se empezó con unos pocos; pero el gran
número de los que a cada paso pedían pan y asilo
obligaron a adquirir más terreno y levantar otro
edificio. Ahora son unos trescientos los muchachos
internados; ciento treinta, ya mayorcitos, se
dedican al estudio y se preparan para el estado
eclesiástico; los demás se dedican a las artes y
oficios.
Mas la compra del terreno y la construcción, la
dotación del mobiliario y enseres, el suministro
de pan y ropa a los ya internados, obligó a
contraer algunas deudas, que no se sabe cómo
liquidar. Quedan todavía más de setenta mil liras
que cargan hasta el momento sobre el pobre
instituto, o mejor dicho, sobre el pobre
exponente.
En esta excepcional necesidad recurren a la
inagotable fuente de la caridad, a Su Santidad, a
quien todos proclaman padre de los desgraciados.
El subsidio que aquí se implora depende de
Vuestra Suprema Autoridad, y consiste en permitir
a los párrocos de la diócesis de Génova, a cuyo
favor está especialmente destinado el instituto,
que puedan ceder la limosna de la santa misa pro
populo en los días festivos de precepto en favor
de este orfanato. Se limita el beneficio a la misa
de los días festivos de precepto porque la de las
fiestas, que no son de precepto, ya fue destinada
por el Ordinario diocesano para diversas
necesidades del clero joven. Este favor, que dicen
haber sido ya concedido para otras graves
necesidades, sería sólo para un trienio. Todo ha
sido concertado con el Arzobispo de Génova el cual
presta de buen grado su intervención ante los
señores párrocos; es más, une su oración para
implorar la gracia ante Su Santidad siempre que
sea ésta la mente del Sumo Pontífice.
Con la máxima gratitud por parte del exponente
y de los muchachos asilados, se aseguran las
oraciones de cada día, para que Dios conserve
muchos años a Su Santidad para bien de la Iglesia
y remedio de tantas necesidades, al paso que
nosotros, postrados a sus pies, imploramos la
bendición apostólica
Agradecido, etc.
JUAN BOSCO, Pbro.
(**Es12.149**))
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